Requisitos Juzgado de Paz

Requisitos que debe cumplir:
 
  • Ser abogado (art. 190,191 y 192 Constitución de Entre Ríos).
  • Tener como mínimo 27 años de edad (art. 190,191 y 192 Constitución de Entre Ríos).
  • Ser ciudadano argentino.
  • Residencia inmediata mínima de dos años en el departamento o distrito en que deba ejercer sus funciones (art. 77 Ley N° 6902)
  • 5 años por lo menos en el ejercicio activo de la profesión o en la magistratura (Art.190 y 192 de la Const. de Entre Ríos)

Debe presentar:

* Exhibición y fotocopia del documento nacional de identidad, con constancia del último domicilio del interesado

* Un informe de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia expedido dentro de los tres (3) meses de la fecha efectiva de inscripción que podrá tramitar en el siguiente Link: https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia

* Fotocopia del título de abogado.  

* Certificado Psicofísico.

* El formulario de inscripción completo por duplicado.

* Original o fotocopias, con la correspondiente certificación notarial o Judicial de todos los documentos que acrediten los antecedentes presentados por ante este Consejo (art. 42º Reglamento Gral. CMER).

* Dos fotografías tipo carnet (4 x 4).

 
 

TEMARIO PARA OPOSICIÓN: aprobado por Resolución Nº 978/18 CMER, Anexos I y II.

El texto completo de los artículos de remisión al Reglamento General y de Concursos Públicos, podrá verse en el sito oficial del Consejo de la Magistratura: www.entrerios.gov.ar/magistratura.



 

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