Resolución Nº 075 S.G.C.M.E.R.
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RESOLUCION Nº 075 S.G.C.M.E.R. Paraná, 09 de mayo de 2013
VISTO:
La solicitud de inscripción de la Doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA (Legajo Nº 328) al Concurso Público Nº 126; y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 25 de Abril de 2.013 finalizó el período de inscripción al Concurso Público Nº 126 que tramita ante el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER); y
Que puestos a analizar en el cumplimiento de los requisitos que impone la normativa legal y reglamentaria relacionada con la inscripción a los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición que lleva adelante éste Consejo, se advierte que en fecha 11 de Febrero de 2.011 la doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA asumió en el cargo de Jueza del Juzgado Laboral Nº 3 de Paraná, para el que fue designada mediante Decreto Nº5500/10 MGJE.; y
Que, de este modo, se verifica que la doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA, se encuentra alcanzada por la prohibición temporaria que prevé el artículo 27 de la Ley Nº 9996, por no haber trascurrido el plazo de TRES (3)años desde la asunción en el cargo y la solicitud de inscripción en cuestión; y
Que, así las cosas, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP) corresponde emplazar a la aspirante, por el término de CINCO (5) días, a fin de que brinde el descargo respectivo; y
Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, y hasta tanto la cuestión sea definitivamente resuelta, se admitirá en forma condicional la solicitud de inscripción de la Doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA, según los términos del artículo 50 in fine RGCP; y
Que es facultad del Secretario General del CMER dictar la presente resolución, conforme lo establece el artículo 47 del RGCP;
Por ello; EL SECRETARIO GENERAL DELCONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOSRESUELVE:
Artículo 1º: Emplazar a la doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA, para que en el término de CINCO (5) días brinde el descargo que considere respecto de la circunstancia apuntada en los Considerandos precedentes.
Artículo 2º: Admitir en forma condicional la solicitud de inscripción presentada por la Doctora Fabiola María Livia BOGADO IBARRA (Legajo Nº 328) al Concurso Público Nº 126.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese y archívese |
Fecha de Publicación: |