RESOLUCIÓN N° 257 P.C.M.E.R.
 

        PARANA,    08 de Agosto de 2.019

 

 

VISTO: 

 

La nota, presentada por el Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ en fecha 1° de Agosto de 2.019; y

           

 

CONSIDERANDO:

            

Que, el Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ se excusa de participar como Jurado Técnico, en representación del estamento de “Académicos”, en los Concursos Públicos Nº217 a N°223, para el que resultó sorteado, dado que se encuentra inscripta al mismo la Dra. Rosana Elizabeth LUGGREN, con quien mantiene relación laboral;

 

Que la circunstancia invocada, resulta contemplada en los artículos 54 y 19 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP); y

 

Que en consecuencia, corresponde aceptar la excusación presentada por el Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ para participar como Jurado Técnico de los Concursos Públicos Nº217 a N°223 y convocar al respectivo Jurado Suplente, en el caso el Doctor Juan Manuel OLIVA, conforme Resoluciones Nº1050 CMER, de fecha 04.10.18 y N°1052 CMER de fecha 05.12.18 ; y

 

Que, convocado que fue el Jurado Suplente, y aceptado que fue el cargo por éste, corresponde publicar el cambio de Jurado, a los fines previstos en el artículo 55  RGCP;

 

Que de conformidad al Artículo 9º del R.G.C.P. es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura dictar la presente;

 

Por ello;

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Aceptar la excusación del Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ de participar como Jurado técnico en representación del estamento de  los “Académicos” en los Concursos Públicos Nº217 a N°223.

 

ARTICULO 2ºIntegrar el Jurado Técnico con el Doctor Juan Manuel OLIVA, en reemplazo del Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ, en representación de los “Académicos”.-

 

ARTICULO 3º: Disponer la publicación de la presente, a los fines previstos en el artículo 55  RGCP.-

 

ARTICULO 4º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Fecha de Publicación: 15-08-2019
 
 
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