Resolución N° 540 C.M.E.R
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RESOLUCION 540 C.M.E.R. PARANA, 21 de Marzo de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 1.161.434 por el que se elevó al Poder Ejecutivo la terna correspondiente al Concurso Público Nº 79, destinado a cubrir el cargo de Juez Civil y Comercial Nº 9 de la ciudad de PARANÁ;
CONSIDERANDO:
Que en el Concurso Público Nº 79, se elevó la terna integrada por los Doctores Flavia Elisa PASQUALINI, Ángel Luis MOIA y María Fernanda ERRAMUSPE; y
Que las Doctoras Flavia Elisa PASQUALINI y María Fernanda ERRAMUSPE fueron designadas con acuerdo de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES como Jueces titulares de los Juzgados de Primera Instancia Nº 5 y Nº 3 con competencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución, de las ciudades de Concordia y Concepción del Uruguay, respectivamente y en el marco de los Concursos Públicos Nº 80 y 81; y
Que la lista complementaria elevada en el marco del artículo 40 del REGLAMENTO GENERAL DE CONCURSOS PÚBLICOS, está integrada sólo por la Doctora Sofía María Gracia KELLER, única postulante que además de la terna originaria alcanzó el puntaje exigido por la normativa vigente; y
Que la designación de las profesionales mencionadas en el segundo Considerando, con la consecuente reducción a dos postulantes en condiciones de elegibilidad, ha determinado que el Señor Gobernador de la Provincia de ENTRE RÍOS, en un todo de acuerdo con lo dictaminado por la FISCALÍA DE ESTADO en las Notas Nº 0772/09 y 0310/11, considere restringida su facultad discrecional de elegir entre tres postulantes para la cobertura del cargo y decida declarar desierto el Concurso Público Nº 79; y
Que corresponde comunicar a los Doctores Ángel Luis MOIA y Sofía María Gracia KELLER, lo decidido por el Señor Gobernador de la Provincia de ENTRE RÍOS; y
Que, este Consejo resulta competente de conformidad con la manda de los artículos 180 y 182 de la Constitución Provincial y el contenido razonablemente implícito inferible de ambas disposiciones, así como de los poderes inherentes derivables de la naturaleza de este órgano (v. COMADIRA, Julio Rodolfo, El acto administrativo en la ley nacional de procedimiento administrativo, Bs. As., Abeledo Perrot, 2002, pág. 27; en igual sentido: BALBÍN, Carlos Francisco, Curso de Derecho Administrativo, Tº II, Bs. As., La Ley, 2008, pág. 30); y
Que, la presente será firmada por el Presidente y Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, en virtud de lo dispuesto en el Art. 7º del Reglamento General de Concursos Públicos. Y a los fines de la certificación establecida por el mencionado artículo, en sesión ordinaria del 21.03.13 se designó al Consejero Sr. Miguel LEON;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Comunicar a los Doctores Ángel Luis MOIA y Sofía María Gracia KELLER, que el Señor Gobernador de la Provincia de ENTRE RÍOS ha declarado desierto el Concurso Público Nº 79 por el motivo expuesto en los Considerandos.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.
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Fecha de Publicación: |