RESOLUCION N° 996 C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                                PARANÁ, 01de Junio de 2.018      

 

           

VISTO:

 

                        El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 207 destinado a cubrir UN (1) cargo de Defensor de Casación de la ciudad de Paraná; y

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (CMER), proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;

 

                        Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo de Defensor de Casación de la ciudad de Paraná;

 

                        Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de las Resoluciones N° 814 CMER (21.12.16) , N° 815 CMER (22.12.16),  N° 223 PCMER (13.06.17), N° 227 PCMER (07.08.17), N° 228 P.C.M.E.R. (14.08.17), Nº 230 PCMER (16.08.17), N° 972 C.M.E.R. (19.02.18), ACTA N° 41 (14.09.17), ACTA N° 4 (06.04.18), ACTA Nº 12 (29.05.18) y Dictamen emitido por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión;

 

                        Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), el CMER procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por los siguientes postulantes: 1°) Luis Francisco PEDEMONTE: SETENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTÉSIMOS (79,90); 2°) Jorge Gabriel SUELDO: SESENTA Y OCHO CON SEIS CENTÉSIMOS (68,06); 3°) María Lucrecia SABELLA: SESENTA Y SIETE CON SETENTA CENTÉSIMOS (67,70);

 

Que, según lo establece el artículo 100 del RGCP, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar otras ternas (o listas complementarias) de otros concursos en trámite, corresponde agregar además una lista complementaria compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación;

 

Que, el Dr. Jorge Gabriel SUELDO se halla en dicha situación respecto del Concurso N° 206, destinado a cubrir cuatro (4) cargos vacantes de Defensor Público de Paraná; sin embargo, en el Concurso referenciado en el Visto (N° 207), ningún otro postulante posee el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos requerido para integrar la referida lista complementaria, por lo que no es posible su conformación;

 

Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGPC, certifica la presente la Consejera Gladys Mabel PEDRERO;

 

                        Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas  surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;

 

                        Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º: Elevar al Señor Gobernador de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, la terna correspondiente al Concurso Nº 207 destinado a cubrir UN (1) cargo de Defensor de Casación de la ciudad de Paraná, conformada por los postulantes Luis Francisco PEDEMONTE, Jorge Gabriel SUELDO y María Lucrecia SABELLA.-

 

ARTICULO 2º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Fecha de Publicación: 08-06-2018
 
 
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