Resolución N° 085 S.G.C.M.E.R.
 

                                                                             

                                                                                                           RESOLUCION N°085 S.G.C.M.E.R.

                                                                                                            PARANÁ, 23 de Agosto de 2013 

 

 

            VISTO:

 

                        La Resolución Nº 83 S.G.C.M.E.R. de fecha 9 de Agosto de 2.013; y

 

            CONSIDERANDO: 

 

                        Que, por la mencionada Resolución se admitieron las solicitudes de inscripción y se conformó el listado total de inscriptos a los Concursos Públicos Nº 132 a 135; y

 

                        Que, en oportunidad de confeccionarse el listado de inscriptos al concurso Nº134, se omitió consignar por un error material e involuntario al Doctor Esteban Simón; y

 

                             Que el Doctor Esteban SIMON  se encuentra efectivamente inscripto al concurso mencionado, bajo Legajo Nº 537, por lo que corresponde tenerlo por incorporado al mismo; y

 

                    Que, según el artículo 51 RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de CINCO (5) días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión en el concurso de aquellos aspirantes que, a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP; y

 

                        Que, el artículo 52 RGCP dispone que las impugnaciones deberán presentarse por escrito, en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, el acto administrativo que le otorga personería jurídica, o ley de creación y una fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma; y

 

                        Que, la impugnación deberá también detallar los datos de la  persona  observada, el o los motivos en que fundamenta la misma y la prueba en que se sustenta, la que deberá ser acompañada en ese momento, o en su caso, la indicación precisa del lugar en donde puede hallarse; y

 

                        Que es facultad del Secretario General del CMER dictar la presente conforme al artículo 13 de la Ley Nº 9.996 y a los artículos 21, 22 y 50 del RGCP

                       

 

Por ello;

 

EL  SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Tener por incorporado al Doctor Esteban SIMON al listado total de inscriptos al Concurso Nº 134 - UN (1) cargo de Fiscal de Cámara Contencioso Administrativo de Paraná.

 

Artículo 2º: Hacer saber que las impugnaciones se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.

 

Artículo 3º: Publicar el listado por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página web del Consejo y del FOFECMA y mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

 

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese y archívese

 

 

Fecha de Publicación: 
 
 
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