RESOLUCIÓN N° 227 P.C.M.E.R.
 

PARANA, 07 de Agosto de 2.017 

                            

VISTO: 

 

La excusación presentada por el doctor José María CHEMEZ y la rehabilitación de la matricula profesional del Colegio de Abogados de Entre Ríos del Doctor Jorge BRASESCO; y

           

 

CONSIDERANDO:

            

Que, el Doctor José María CHEMEZ se excusó de participar como Jurado Técnico, en representación de los “Magistrados”, del Concurso Público Nº207, para los que resultó sorteado, por cuestiones personales;

 

Que, su suplente, el Doctor Jorge BRASESCO, posee rehabilitada su matrícula profesional del Colegio de Abogados de Entre Ríos, lo que le genera la imposibilidad de participar en representación de los magistrados, atento a que debe mantenerse el equilibro en la conformación del Jurado conforme marca la reglamentación vigente;  

 

Que, por lo expuesto, corresponde aceptar la excusación presentada por el Doctor José María CHEMEZ y dejar sin efecto la designación del Doctor Jorge BRASESCO, para participar como Jurado Técnico del Concurso Público Nº207;

 

Que, a los fines de integrar un nuevo Jurado Técnico, corresponde realizar un nuevo sorteo conforme al artículo 21 de la Ley Nº 9.996 y artículos 24 y siguientes del RGCP;  

 

Que de conformidad al Artículo 9º del RGCP, es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura dictar la presente;

 

Por ello;

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Aceptar la excusación presentada por el Doctor José María CHEMEZ  para participar como Jurado Técnico del Concurso Público Nº207.

 

ARTÍCULO 2º: Dejar sin efecto la designación del Doctor Jorge BRASESCO, para participar como Jurado Técnico Suplente del Concurso Público Nº207.

 

ARTICULO 3ºRealizar un nuevo sorteo de Jurados a fin de cubrir las vacantes de Jurado Técnico Titular y Suplente, por la lista de “MAGISTRADOS”.

 

ARTICULO 4º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

Fecha de Publicación: 24-08-2017
 
 
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