RESOLUCION N° 226 P.C.M.E.R. |
PARANA, 07 de Julio de 2.017
VISTO:
Las excusaciones, presentadas por los doctores Edgardo Horacio MANSILLA y Julián Alberto EL HALLI OBEID; y
CONSIDERANDO:
Que, el Doctor Edgardo Horacio MANSILLA se excusó de participar como Jurado Técnico, en representación de los “Magistrados”, de los Concursos Públicos Nº208 al N°212, para los que resultó sorteado, por cuestiones laborales sobrevinientes, que le impiden poder ejercer su rol como jurado dentro un lapso de tiempo razonable, que no signifique en definitiva una traba para la realización de las pruebas de oposición correspondientes;
Que, asimismo, convocado que fuera el Doctor Julián Alberto EL HALLI OBEID, en su carácter de Jurado Suplente de los concursos mencionados, se excusó participar en tal carácter por no solo por encontrarse gozando del beneficio jubilatorio desde Febrero de 2.016 y por ende estar desvinculado del ámbito jurídico, sino que además por motivos de salud se encuentra impedido de poder actuar;
Que, por lo expuesto, corresponde aceptar las excusaciones presentadas por los Doctores Edgardo Horacio MANSILLA y Julián Alberto EL HALLI OBEID, para participar como Jurado Técnico de los Concursos Públicos Nº208 al N°212;
Que, a los fines de integrar un nuevo Jurado Técnico, corresponde realizar un nuevo sorteo conforme al artículo 21 de la Ley Nº 9.996 y artículos 24 y siguientes del RGCP;
Que de conformidad al Artículo 9º del RGCP, es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura dictar la presente;
Por ello;
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aceptar la excusación presentada por el Doctor Edgardo Horacio MANSILLA para participar como Jurado Técnico de los Concursos Públicos Nº208 al N°212;
ARTÍCULO 2º: Aceptar la excusación presentada por el Doctor Julián Alberto EL HALLI OBEID, para participar como Jurado Técnico Suplente de los Concursos Públicos Nº208 al Nº212.
ARTICULO 3º: Realizar un nuevo sorteo de Jurados a fin de cubrir las vacantes de Jurado Técnico Titular y Suplente, por la lista de “MAGISTRADOS”.
ARTICULO 4º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.
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Fecha de Publicación: 24-08-2017 |