Resolución N° 579 C.M.E.R.
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RESOLUCION N° 579 C.M.E.R PARANA, 27 DE Febrero de 2014
VISTO:
La ley Nº 10.049, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 10.049, al aprobar el Decreto Nº 4384/09 MGJEOSP y su Anexo I, dictado ad referéndum, por el cual se habían dispuesto medidas tendientes a la implementación de la Ley Nº 9.754, creó la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Entre Ríos, la que contará con DOS (2) Salas, una con asiento en la Ciudad de de Paraná, con competencia territorial en los departamentos de Feliciano, La paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay y Nogoyá, y otra con asiento en la Ciudad de Concordia, con competencia territorial en los Departamentos de Federación, Concordia, Colón, Uruguay, Gualeguaychú, Tala, Villaguay, San Salvador, Federal e Islas del Ibicuy, las que estarán integradas, entre otros, por TRES (3) miembros cada una; y
Que, asimismo en el Acuerdo General Nº 36/12, del 27 de noviembre de 2012, del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, se señala que se impulsa la puesta en funciones de ambas salas, sin perjuicio de que se priorice la puesta funcionamiento de la Sala de la Ciudad de Paraná, a fin de poder contar en el menor tiempo posible con el nuevo órgano en marcha, de este modo se computan TRES (3) cargos de Vocal de Cámara de Casación Penal, que se encuentran vacantes; y
Que, en atención a ello, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Febrero de 2.014, el pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER) en forma unánime resolvió dar inicio a los trámites administrativos y reglamentarios necesarios para el llamado a Concursos Públicos destinados a cubrir los cargos vacantes comunicados; y
Que, según lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 9.996 y el artículo 24 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), en fecha 24 de Febrero de 2.013, en acto público, se realizó el sorteo de Jurados que integrarán el cuerpo técnico que calificará las Pruebas de Oposición de las TRES (3) Vacantes mencionadas, y se notificó a los que resultaron designados, quienes aceptaron el cargo propuesto, conforme lo establece el artículo 30 del RGCP; y
Que, tal como lo dispone el artículo 36 del RGCP, corresponde indicar hora de inicio y de finalización del período de inscripciones, lugar donde podrá retirarse la documentación necesaria y formalizarse las solicitudes correspondientes; y
Que, conforme al artículo 37 del RGCP, deberá hacerse saber que de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán automáticamente a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias; y
Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGPC, se designó a la Sra. Silvina CALVEYRA; y
Que, cumplidos los trámites mencionados corresponde dictar la resolución que llame a concurso para cubrir los cargos vacantes y arbitrar los medios necesarios para su publicación, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley Nº 9.996 y el artículo 35 del RGCP;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir TRES (3) Cargos de Vocal para la Cámara de Casación Penal, Sala Paraná, el que se identificará con el Nº 147, Jurado Titulares: Carlos CHIARA DIAZ - Julio FEDERIK – Fernando CÓRDOBA, Suplentes: Silvia NAZAR- Rosario ROMERO- Daniel ERBETTA.
ARTICULO 2º: Fijar el período de inscripción para el Concurso Nº 147 desde el 10 de Marzo al 31 de Marzo de 2.014, en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12. La inscripción únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable. Además, en la Secretaría General, podrá obtenerse copia del Reglamento General y de Concursos Públicos, como toda otra documentación importante para el concurso, lo que también estará disponible en la página de internet del Consejo.
ARTICULO 3º: Hacer saber que en el caso que se produzcan nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo - entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias.
ARTICULO 4º: Publicar la convocatoria por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página web del Consejo y del FOFECMA y mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.
ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese y archívese.
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Fecha de Publicación: |