RESOLUCIÓN N° 813 CMER |
PARANÁ, 14 de Diciembre de 2016
VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 172 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones -Sala Civil y Comercial- de la ciudad de Concordia; y
CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (CMER), proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;
Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. GOBERNADOR, la terna de candidatos para el cargo de Vocal de Cámara de Apelaciones - Sala civil y Comercial- de la ciudad de Concordia;
Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de: las Resoluciones PCMER 201/16 (07.07.16), 202/16 (21.07.16) y 205/16 (11.08/16); Resoluciones CMER 804/16 (03.10.16); 807/16 al 809/16 y 811/16 (21.11.16); las Actas N°s.: 32 (06.09.16); 34 y 35 (08.09.16); 45 (13.10.16); 64 y 65 (06.12.16); y Dictamen emitido por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión;
Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), el CMER procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por los siguientes postulantes: 1°) TEPSICH, Carlos Federico: OCHENTA Y SEIS (86); 2°); MENDEZ CASTELLS, Estela Beatriz: SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTÉSIMOS (74,80); 3°) URQUIZA, Justo José de: SETENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTÉSIMOS (74,40);
Que, según lo establece el artículo 100 del RGCP, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar otras ternas de otros concursos en trámite, corresponde agregar además una lista complementaria compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación;
Que, en el caso concreto del referido Concurso, tanto alguno de los postulantes ternados como aquellos que se encuentran en condiciones de integrar listas complementarias, ya se hallan propuestos para integrar ternas y/o listas complementarias de otros concursos en trámite, consecuentemente la lista complementaria de éste Concurso se integra con el siguiente postulante que en orden prelativo resulta ser: 4°) MORAHAN, Mariano SETENTA Y UNO CON SESENTA Y OCHO CENTÉSIMOS (71,68); 5°) VALES, Gustavo Amílcar: SESENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTÉSIMOS (69,20); 6°) HOJMAN, Livio Pablo: SESENTA Y DOS CON VEINTIDÓS CENTÉSIMOS (62,22);
Que, asimismo conforme a los artículos antes citados, se hace saber al Poder Ejecutivo que corresponderá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado, y completarlas con los concursantes incluidos en las listas complementarias;
Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGPC, certifica la presente la Consejera Gisela Nerea SCHUMACHER;
Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE:
ARTICULO 1º: Elevar al Señor GOBERNADOR de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, la terna correspondiente al Concurso Nº 172 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones -Sala Civil y Comercial- de la ciudad de Concordia, conformada por los siguientes postulantes: TEPSICH, Carlos Federico; MENDEZ CASTELLS, Estela Beatriz y URQUIZA, Justo José de.
ARTICULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100 del RGCP, conformada por el siguiente postulante: MORAHAN, Mariano; VALES, Gustavo Amílcar y HOJMAN, Livio Pablo.
ARTICULO 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.
|
Fecha de Publicación: 14-12-2017 |