ACTA N° 31 (Sesión 05/09/16)

 

ACTA Nº_31

 

 

En la ciudad de Paraná, a cinco(5) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), a las nueve horas, en la Sala de Sesiones “Consejero - Dr. Raúl A. HERZOVICH” del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), sita en Av. Alameda de la Federación N° 471, se hacen presentes el Dr. Martín Raúl URANGA, en su carácter de Presidente y los Consejeros Titulares: Miguel A. CARLÍN; Sergio G. AVERO; Gisela N. SCHUMACHER; Cecilia Andrea GOYENECHE; Antonio Eduardo MAINEZ; Edelmiro T. PAULETTI; Gladys M. PEDRERO; Silvina M. CALVEYRA y Antonio H. H. FUMANERI, asistidos por el Secretario General del CMER, Dr. Juan Ignacio BARRANDEGUY. Seguidamente, se reúnen a los fines de realizar la sesión ordinaria del día de la fecha previamente convocada, a los fines de tratar el siguiente orden del día oportunamente comunicado, a saber: 1) Lectura, aprobación y firma del Acta de la Sesión anterior; 2) Asuntos entrados por Secretaría; 3) Estado de Concursos en trámite; 4)  Intervención del C.M.E.R. en los trámites de designación de jueces de Paz (v. art. 175 inc. 18 y 182 inc. b de la Const. Prov.) a pedido del Poder Ejecutivo Provincial. Procedencia. Alcances; 5)  Consideración de posibles modificaciones a los Criterios Consensuados de Calificación de Antecedentes (puntajes Fiscales y Defensores Auxiliares, Mediadores Penales, etc.); 6) Designación de Consejero por Art. 7º RGCP.- Verificado el quórum necesario, se da inicio a las deliberaciones y por el punto 1º) Se da lectura del acta de la sesión anterior, la que se aprueba sin observaciones en forma unánime y se firma por todos sus asistentes.- 2º) Se toma razón de: A) Nota presentada por la Dra. María Carolina CASTAGNO, en oportunidad de inscribirse a los concursos N° 167 y 174, en la que solicita se modifiquen los Criterios Consensuados de Calificación de Antecedentes del CMER, equiparándose los puntajes relativos a la antigüedad en cargos de Agentes Fiscales, con los referidos a cargos de Juez de Primera Instancia allí establecidos; B) Nota presentada por un grupo de Mediadores Penales del Poder Judicial de la Provincia, en la que solicitan se confiera puntaje por el desempeño en dicho cargo. Todo lo cual se tiene presente a los efectos de futuras modificaciones a los referidos “Criterios”, cuyo tratamiento se halla incluido en el punto 5° del orden del día de la presente sesión; 3°) Por Secretaría General se hace entrega a los Consejeros de copias de cuadros demostrativos de los avances del procedimiento de los Concursos Nº163 a 192; 4°) Luego de la correspondiente deliberación, el Pleno acuerda por unanimidad que, en principio, y conforme lo establecido en los arts. 175 inc. 18 y 182 inc. b de la Const. Prov., la intervención del C.M.E.R. se halla limitada a los casos en que expresamente lo soliciten los Municipios y Comunas en cuya jurisdicción se encuentre vacante el cargo de Juez de Paz, en cada caso concreto; pues de lo contrario, corresponde a cada Municipio y/o Comuna la selección previa de los postulantes y la posterior elevación de la terna respectiva al Poder Ejecutivo Provincial (cf. art. 240, inc. 6° y 175, inc. 18°). Sin perjuicio de lo cual, ante un hipotético y expreso pedido del Sr. Gobernador, el CMER, en su carácter de órgano asesor permanente del P.E. (art. 180 C.P.), está facultado a asesorar a éste, respecto de la idoneidad de los postulantes ternados por el respectivo Municipio, sin que tal opinión resulte vinculante en la posterior selección que efectúe el Sr. Gobernador; 5º) Puesta a consideración la posibilidad de efectuar modificaciones a los Criterios Consensuados de Calificación de Antecedentes, se acuerda por unanimidad en la necesidad de adaptar los puntajes a las nuevas estructuras creadas como consecuencia de la puesta en funcionamiento del sistema Acusatorio en materia procesal Penal (como ser la atribución de puntajes específicos para calificar la antigüedad en los cargos de Fiscales y Defensores Auxiliares, Mediadores Penales, etc.), así como algunas otras modificaciones referidas a los puntajes de los rubros “Antecedentes Académicos” y “especialidad”, lo que requiere de un análisis más general de la normativa vigente; para lo cual, los Sres. Consejeros acuerdan en ponerlo a consideración del respectivo estamento que cada uno representa y acercarán por Secretaría General las propuestas de modificación que consideren oportunas, para ser tratadas en conjunto en una próxima sesión; 6º) De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 7 del RGCP se designa al Consejero Dr. Edelmiro Tomas PAULETTI. Agotado el orden del día, sin otro tema para tratar, se da por terminada y se levanta la sesión a las trece treinta horas.- 

Fecha de Publicación: 25-11-2016
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