Resolución N° 794 CMER
 

   PARANA, 01 de Julio de 2016

 

 

VISTO:

 

 La Resolución N° 792 CMER, de fecha 24.06.2016, a través de la cual se resuelve la impugnación presentada por el Dr. Nelson Daniel ALÚ, contra la Calificación de la Prueba de Oposición Escrita, en el marco del Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 166 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 –con competencia en Concursos, Quiebras y Ejecución- de Concepción del Uruguay; y

           

            CONSIDERANDO:

 

Que, por un error material involuntario se dispuso en el art. 1°, ult. parte, de la referida resolución “…establecer que el puntaje obtenido por el referido postulante en dicha prueba asciende a 20,85 puntos”, cuando en rigor, y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de dicho acto, debió consignarse 26 puntos por el referido rubro;

 

Que, en consecuencia corresponde rectificar parcialmente el art. 1° antes referido, adecuándolo conforme lo expuesto, elevando la puntuación dada a la prueba de oposición escrita y dejándola establecida en 26 puntos.-

 

                        Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó al Consejero Germán A. CORONEL;

 

Que, la presente se dicta de conformidad con el art. 23 de la Ley Nº 9.996;

 

Por ello,  

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

  

ARTÍCULO 1º: Rectificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución N° N° 792 CMER, de fecha 24.06.2016 estableciendo que, donde se expresa “…establecer que el puntaje obtenido por el referido postulante en dicha prueba asciende a 20,85 puntos”, debe leerse “…establecer que el puntaje obtenido por el referido postulante en dicha prueba asciende a 26 puntos”. -

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

Fecha de Publicación: 
 
 
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