Resolución Nº 558 CMER
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RESOLUCION Nº 558 CMER PARANÁ, 11 de Octubre de 2013 VISTO:El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº129 destinado a cubrir DOS (2) cargos de Vocal para la Cámara de Apelaciones Nº II –Sala III- Civil y Comercial de la ciudad de Paraná, y; CONSIDERANDO: Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura (CMER), proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial; y
Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para los DOS (2) cargos vacantes de la Cámara de Apelaciones Nº II –Sala III- Civil y Comercial de la ciudad de Paraná; y
Que todos los postulantes ternados han reunido los requisitos previstos en la normativa vigente, conforme la Resolución Nº 550/13 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes); el Acta Nº7 de fecha 28.06.13 (de Calificaciones de la Prueba de Oposición Oral); el Dictamen de fecha 30.07.13 suscripto por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión y el Acta Nº 10 de Correlación e Identificación de fecha 03.09.13 (de calificación de la Prueba de Oposición); las Resoluciones Nº 553/13, 554/13 y 555/13 C.M.E.R. (de Recursos de Reconsideración e impugnaciones, respectivamente); y las Actas Nº 15 y 16 de fecha 11.10.13 (de calificación a la Entrevista Personal); y
Que, cabe precisar que los postulantes habilitados para integrar la terna, han obtenidos los siguientes puntajes a saber: Andrés Manuel MARFIL (87,20 puntos), Virgilio Alejandro GALANTI (81,50 puntos), Angel Luis MOIA (72,65 puntos), Elena Beatriz ALBORNOZ (64,20 puntos) y Estela Beatriz MENDEZ CASTELLS (60 puntos); y
Que el CMER, una vez finalizadas las Entrevistas Públicas, estableció el orden de mérito y resolvió elevar la terna al Señor Gobernador de la Provincia; y
Que, conforme los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), el (CMER) procederá a establecer el orden de mérito a fin de conformar la terna correspondiente, que deberá elevar al Poder Ejecutivo; y
Que, de acuerdo con los artículos 26 de la Ley Nº 9.996 y 99 del RGCP, en caso de tramitarse una convocatoria múltiple, cuando exista más de una vacante para la misma función, sede y especialidad, se elevará una lista complementaria integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales, con el objeto de integrar las ternas sucesivas; y
Que asimismo, según lo establece el artículo 100 del RGCP, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar otras ternas de otros concursos en trámite, corresponde agregar además una lista complementaria compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación, para el caso la única postulante que reúne el requisito mínimo de puntaje es la Doctora Estela Beatriz MENDEZ CASTELLS; y
Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER; y
Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGPC, se designó al Consejero Doctor Miguel Augusto CARLIN; y
Por ello, EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE: ARTICULO 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 129 destinado a cubrir dos (2) cargos de Vocal para la Cámara de Apelaciones Nº II –Sala III- Civil y Comercial de la ciudad de Paraná, conformada por los siguientes postulantes: -Andrés Manuel MARFIL; Virgilio Alejandro GALANTI y Angel Luis MOIA.
ARTICULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por los artículos 26 de la Ley Nº 9.996 y 99 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), conformada por la siguiente postulante: - Elena Beatriz ALBORNOZ.
ARTICULO 3º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100 del RGCP, conformada por la postulante: -Estela Beatriz MENDEZ CASTELLS.
ARTICULO 4º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación. ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese. |
Fecha de Publicación: |