Resolución Nº 729 CMER
 

PARANÁ, 05 de Febrero de 2015

 

                    VISTO:                                                                                   
                                 Los postulantes inscriptos al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 157 destinado a cubrir tres (3) cargos de Juez para los Juzgados de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Paraná, que se presentaron a la etapa de oposición –cuya prueba escrita se realizó el 16.11.2015 y la oral el 18.11.2015; y

           CONSIDERANDO:

                       Que, tanto el artículo 17 de la Ley Nº 9.996, como el artículo 63 del Reglamento General de Concursos Públicos (RGCP), establecen que la evaluación de los inscriptos será calificada respecto de sus Antecedentes con hasta TREINTA (30) puntos;

                        Que, a su vez el artículo 18 de la Ley mencionada, dispone que los antecedentes serán evaluados por el Consejo y esta evaluación se limitará a quienes se presenten en la etapa de oposición, considerándose el desempeño en el Poder Judicial, el ejercicio privado de la profesión o el desempeño en funciones públicas relevantes en el campo jurídico, como así también los antecedentes académicos, publicaciones, doctorados, postgrados y demás cursos de formación o actualización. Asimismo, se tendrán particularmente en cuenta los antecedentes vinculados al área específica que se concursa;

 

                         Que, la reglamentación determina el puntaje a adjudicar a cada rubro, con respeto a una distribución equitativa y equilibrada entre los diversos antecedentes, en atención a criterios objetivos y al principio de igualdad en la evaluación de los antecedentes de los profesionales de la matrícula, como de aquellos que desempeñen funciones judiciales o funciones públicas relevantes en el campo jurídico;

 

                          Que, por otra parte, se prevé que el resultado de la evaluación de los antecedentes se comunicará conjuntamente con los resultados de las pruebas de oposición;

                        Que, a los efectos de la calificación de los antecedentes, el Consejo determinará criterios consensuados con la finalidad de obtener una mayor objetividad en la valoración de los mismos, conforme al artículo 63 RGCP;  

                  Que, se ha establecido que los VEINTIDOS (22) puntos del inciso a) se desdoblan adjudicando DIECIOCHO (18) puntos a la antigüedad en el Poder Judicial y en el ejercicio de la profesión de abogado, y CUATRO (4) puntos por la especialidad, mérito profesional y afinidad con el cargo a concursar, lo cual será medido por lo actuado en su trayectoria profesional. Además, el puntaje que se asigna se calcula por año o fracción mayor a SEIS (6) meses en cargos en el Poder Judicial o en la matrícula profesional y a aquellos profesionales que presenten antecedentes en ambas categorías, se les sumarán los puntos que le correspondan por cada una de ellas. Cuando se hable de “cargos equiparables” se hace referencia a todos aquellos cargos con igual jerarquía de acuerdo a la Ley Orgánica de Tribunales de la Provincia, leyes de organización judicial de la Nación, y también de otras Provincias;

                            Que, las situaciones particulares de equiparación previstas reglamentariamente son: 1) Desempeño en el cargo de  Relator o Prosecretario Administrativo de la Justicia Federal o Nacional: se ha  equiparado al cargo de Delegado Judicial; 2) Desempeño en el cargo de Juez de Faltas Municipal: se le otorga un puntaje promedio entre el aplicable al ejercicio liberal de la profesión y el asignable a los Jueces de Paz y 3) Desempeño en el cargo de Secretario de Juzgado de Paz: se le otorga el mismo puntaje aplicable a los empleados judiciales en general;  

                          Que, es oportuno aclarar que la “Antigüedad” se computa a partir de la matriculación para los abogados en el ejercicio libre de la profesión y desde el ingreso al Poder Judicial para los empleados y/o funcionarios judiciales (salvo aquellos supuestos en que la obtención del título de abogado fuera posterior), y según la actividad que en primer lugar haya desarrollado el postulante en cuestión;

                                    Que, para  aquellos supuestos en que existieren diversas designaciones sucesivas o alternadas en el Poder Judicial, se sumarán las distintas fracciones de duración de tales desempeños para establecer la antigüedad final;

                                    Que, así las cosas, se ha establecido para el cálculo del rubro señalado, las siguientes pautas y puntajes, a saber: I.- Para la antigüedad en el Poder Judicial: se conforman SEIS (6) grupos: 1. Para la antigüedad en el Poder Judicial se conforman dos grupos: 1.1. Cargos Judiciales anteriores al de Secretario y empleados en general: Computan puntaje a partir de la fecha en que obtuvieron el título de abogado. Se otorgan 0.45 puntos por cada año de desempeño. Se otorgan 0.7 por cada año de desempeño como delegado judicial o penitenciario.     En ningún caso el puntaje total podrá exceder de los 4 puntos. 1.2. Secretarios del STJ, Secretarios de Cámara; Secretarios de Primera Instancia; Jueces de Paz; Relatores; Defensores de Pobres y Menores; Fiscales y Magistrados en general, a quienes se les otorgará puntaje de la siguiente manera: 1.2.1. Secretarios de primera instancia y Jueces de Paz: Por los primeros 5 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 1.24 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años, Jueces de Paz y Secretarios de Cámara: 1.35 puntos por cada año de desempeño. 1.2.2. Defensores de Pobres y Menores, Secretarios de STJ, Relatores y Fiscales: Se otorgan 1.5 puntos por cada año de desempeño. 1.2.3. Magistrados en general: Se otorgan 1.6 puntos por cada año de desempeño. 2. Para la antigüedad en el ejercicio libre de la profesión de abogado: Por los primeros 5 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. De 6 a 10 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. De 11 a 15 años: 1.35 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años: 1.60 puntos por cada año de desempeño;

Que, respecto al rubro “Especialidad”, acreditada por los concursantes en relación al cargo que se concursa, será calificada con un máximo de CUATRO (4) puntos, aplicándose para su cálculo el mismo  mecanismo que el utilizado para el cálculo de la antigüedad, no obstante que solo serán objeto de cálculo exclusivamente los años que el postulante pruebe efectivamente haberse desempeñado en la especialidad vinculada con el cargo que se concursa;

                        Que, de esa forma, obtenido el puntaje se calculará un porcentual, para luego ser aplicado a un máximo de TRES (3) puntos, reservándose UN (1) punto del total previsto en este rubro, para la evaluación del mérito profesional y las calidades técnicas del aspirante;

                      Que, asimismo se ha dispuesto que cuando en el rubro “Antigüedad” se obtuviere el puntaje máximo (18 puntos) en la misma especialidad del cargo al que aspira, se adjudicarán en forma automática los TRES (3) puntos máximos, independientemente del mérito con el que el postulante  se hubiere desempeñado;

                Que, con relación a los “Antecedentes Académicos”, de acuerdo al RGCP, serán calificados hasta un máximo total de OCHO (8) puntos. Para ello, se ha consensuado asignar puntaje a las publicaciones de autoría de los postulantes, atendiendo a la calidad, rigor científico, vinculación con la labor que demande la vacante a cubrir y que correspondan a editoriales o revistas jurídicas reconocidas;

                     Que, no serán evaluados dentro del ítem referido, aquellos trabajos doctrinarios que no se encontraren a la fecha de inscripción efectivamente publicados, como así tampoco los publicados en páginas web que no sean propiedad de editoriales o revistas jurídicas en cuyo caso deberá agregarse certificación de autoría emitida por el respectivo editor. En caso de que se trate de trabajos aún inéditos o publicados en sitios web distintos a los mencionados arriba se evaluará en cada caso la asignación de puntaje de acuerdo a su trascendencia jurídica. Por este ítem, que no tiene una escala previa, se podrá asignar una cantidad máxima de DOS (2) puntos, según las pautas precedentemente descriptas, reservándose en todos los casos UN (1) punto para la asignación de puntaje por autoría de libro/s efectivamente publicado/s en editorial reconocida;

               Que, en otro orden el puntaje otorgado por el ejercicio de la docencia dependerá de si las horas se obtuvieron por concurso o por designación directa, y también de acuerdo a la mayor o menor vinculación de la/s materia/s con la especialidad del cargo que se concursa. Las escalas se aplican tanto a las carreras de grado, cuanto de postgrado, indicándose el puntaje máximo hasta el cual podrá aspirarse según el caso. El postulante sólo recibe el puntaje que resulte mayor, de acuerdo con sus antecedentes. Para adjudicar el puntaje correspondiente se requiere una antigüedad mínima de TRES (3) años y, de no reunirse este requisito, se aplica el que consigna el cargo inmediato anterior siempre que acredite una antigüedad mínima de UN (1) año. A la docencia en el nivel medio, terciario, o instituciones no universitarias; en carácter de profesor invitado o tutor y el dictado de talleres y/o capacitaciones se les asignará un puntaje global de 0,20 puntos, por cada ítem. El puntaje total en este ítem no podrá exceder los TRES (3) puntos;

                      Que, dentro del rubro “Estudios de Postgrado”, la mera asistencia no acuerda puntaje a los postulantes, sin embargo, si se justificara la concurrencia a más de QUINCE (15) eventos vinculados con la especialidad, se les adjudicará un puntaje global y tope de 0,20 puntos. Será requisito para la asignación de puntaje: a) Su culminación con un trabajo o evaluación final aprobado/a. b) Duración no inferior a un cuatrimestre o su carga horaria no sea inferior a CINCUENTA (50) horas debidamente certificado y c) se acredite su aprobación completa. No se asignará puntaje en caso de que se verifique asistencia o aprobación parcial. Se  adjudicará un puntaje de 0,20 por cada curso hasta un tope de 0,60 por este ítem y en caso de que no se acredite el requisito establecido en los puntos b) o c), será/n calificados dentro del ítem anterior (mera asistencia);

                   Que, en forma diferenciada se ha reglamentado que los Cursos Anuales de Capacitación de Magistratura Judicial organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi” y/o los Cursos de Capacitación “El Abogado en Ejercicio” organizados por el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos, serán calificados en caso de que se acredite su aprobación completa con 0,30 puntos por cada ciclo anual, siendo el puntaje tope asignable de 0,90 puntos. No se asignará puntaje específico en caso de que se acredite solamente la aprobación parcial de los ciclos anuales ni  por su mera asistencia aunque fuera al ciclo completo;

                  Que, para los Doctorados; Maestrías; Especializaciones y Diplomaturas se otorgarán: (hasta 4 puntos); (hasta 1,60 puntos); (hasta 1,30 puntos); (hasta 1 punto), respectivamente. Así también se ha considerado como pauta, la mayor o menor vinculación que guardan los estudios cursados con la especialidad de la vacante a cubrir y la nota obtenida. El puntaje consignado es el máximo que se podrá asignar según el caso (se reducirá en un 25% en el caso de que no se encuentre acreditado por la CONEAU a la fecha de obtención del diploma respectivo). Solo se asignará puntaje: a) si se hubiere expedido el diploma o título respectivo o exista constancia de que el mismo se encuentra en trámite. b) tratándose de Especializaciones y Maestrías se acredite carga horaria mínimas de TRESCIENTOS SESENTA (360) y SETECIENTAS (700) horas, respectivamente como así también una duración mínima de UN (1) año para las primeras de ellas y DOS (2) años para las segundas. Al Doctorado; Maestría; Especialización o Diplomatura cursada o aprobada parcialmente, no se le asignará puntaje alguno o en caso de que no se acredite el requisito establecido en el punto b), será/n calificados dentro del ítem anterior (curso de postgrado). Asimismo, para el caso de constituirse la Escuela Judicial, en el ámbito del CMER o del Foro Federal de Consejos de la Magistratura de la República Argentina que lo nuclea, se computará el desempeño en aquélla según su equivalente en las categorías correspondiente a Maestría; Especialización y Diplomatura;

                       Que, con relación a otros títulos, se ha consensuado la siguiente asignación de puntaje: a) Universitarios: se les asignará 0,50 puntos por cada uno. Al título de Notario/Escribano se lo calificará de acuerdo al plan de estudios realizado y vigente al momento de la obtención del respectivo diploma, es decir en cada caso dentro del ítem de estos criterios que corresponda. b) Terciarios: se le asignará  0,25 puntos por cada uno. Dentro de éste ítem será calificado el título de Mediador expedido por la Escuela de Mediadores dependiente de la Dirección Nacional de Promoción de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, Secretaria de Asuntos Técnicos y Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación u otras instituciones siempre que tengan habilitación del Registro del Instituciones Formadoras en Mediación de la mencionada Dirección;

                     Que,  vale destacar que éstos Criterios Consensuados constituyen normas interpretativas y orientadoras, elaboradas a los fines de aplicar pautas objetivas similares en los diferentes concursos y respecto a todos los postulantes. Ello en la inteligencia de que tales pautas requieren una adecuación constante, atento la variedad de antecedentes que se presentan y la pretensión de abarcar la mayor cantidad de supuestos posibles, con lo cual su aplicación lisa y llana podría producir alguna distorsión en casos concretos, siendo por ende de estricta necesidad su constante adecuación;

                      Que, de ésta forma, se analizan a continuación los antecedentes de cada uno de los postulantes, según orden alfabético, debiendo aclararse que si bien ha sido recepcionada y analizada toda la documentación adjuntada a las respectivas solicitudes de inscripción, se ha hecho especial mención en los párrafos sucesivos de aquéllas presentadas en tiempo y forma y que han resultado relevantes, de acuerdo a los criterios anteriormente descriptos, a los fines de la calificación de la asignación de puntaje;

                     Que, de acuerdo a las pautas mencionadas corresponde establecer las calificaciones de los profesionales inscriptos, resultando de la compulsa de los legajos respectivos y a la fecha del cierre del periodo de inscripción, que:

La Dra. AHIBE, ROSA ANALIA (D.N.I. 16.858.439, expediente Nº 621): Nació en la ciudad de Victoria (Entre Ríos), el 08/02/1964. Tiene 51 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de Salta, el 14/03/2003. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 01/10/2004, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 11 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó como Coordinadora del Consejo del Menor en el departamento Gualeguay y como Concejal Municipal del Concejo Deliberante del mismo departamento. Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Asimismo, aprobó la Diplomatura en Mediación Penal y Seguridad Pública, dictada por la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. Se desempeñó como docente, tanto en el nivel secundario como terciario. En resumen, la Dra. Rosa Analía AHIBE, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 11,50; por  Especialidad de 0,10;  por Antecedentes Académicos de 0,75. TOTAL: 12,35 puntos.

 

La Dra. AMATTI, LUCIANA (D.N.I. 21.512.333, expediente Nº 652): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 29/07/1970. Tiene 45 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 07/08/2002. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 13/12/2002, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 12 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por la Escuela de Capacitación Oyanguren Rabinovich y Asociados (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el curso de posgrado “Género y Legislación”, dictado por la Universidad Nacional de Rosario. Participó en eventos científicos en calidad de disertante sobre temas relacionados con la especialidad del cargo concursado. Posee el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, la Dra. Luciana AMATTI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 12,85; por Especialidad de 1,80; y por Antecedentes Académicos de 0,85. TOTAL: 15,50 puntos.

 

La Dra. AQUILINI, ROMINA (D.N.I. 24.592.994, expediente Nº 639): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 06/11/1975. Tiene 40 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 04/08/2004. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 07/07/2005, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó profesionalmente como Asesora Legal del INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y Racismo). Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por la Secretaría de Justicia (Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó la Diplomatura en Discriminación, Legislación, Promoción de Derechos y Políticas Antidiscriminatorias, dictada por el INADI. En resumen, la Dra. Romina AQUILINI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 10,15; por Especialidad de 0,20; y por Antecedentes Académicos de 0,85. TOTAL: 11,20 puntos.

El Dr. BULAY, ALEJANDRO JAVIER (D.N.I. 23.696.255, Expediente Nº 562): Nació en la ciudad de Concepción del Uruguay (Entre Ríos), el 13/03/1974. Tiene 41 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Universidad Católica de Salta Sub-sede Buenos Aires, el 02/08/2001. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 07/06/2002 encontrándose la misma actualmente vigente (computa 13 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y piezas de elaboración técnica de su autoría. Aprobó el “Curso de Actualización en Derecho de Familia”, organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Se desempeñó como docente en el nivel medio. En resumen, el Dr. Alejandro Javier BULAY, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 14,20;  por  Especialidad de 0,50;  y por Antecedentes Académicos de 0,40. TOTAL: 15,10 puntos.

 

La Dra. BUTTAZZONI, MABEL TERESITA (D.N.I. 12.772.632, expediente Nº 051): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 04/11/1958. Tiene 57 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 09/08/1982. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 05/11/1982, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 32 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y piezas de elaboración técnica de su autoría. Obtuvo el título de Notaria, expedido por la Universidad Nacional del Litoral y de Mediadora, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, la Dra. Mabel Teresita BUTTAZZONI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto;  por Especialidad de 0,50; y por Antecedentes Académicos de 0,55. TOTAL: 19,05 puntos.

 

La Dra. CEPARO, BETIANA GISELA  (D.N.I. 24.488.125, expediente Nº 345): Nació en la ciudad de La Paz (Entre Ríos), el 31/05/1975. Tiene 40 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de Salta, el 17/08/2004. Se matriculó en la Justicia Federal y en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 08/04/2005, encontrándose las mismas suspendidas por incompatibilidad (computa 4 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial  de la Provincia de Entre Ríos el 28/02/2008, desempeñándose en los cargos de: Empleada –temporaria/interina- de la Defensoría de Pobres y Menores de La Paz (computa 3 años), Defensora –interina- de la Defensoría de Pobres y Menores de La Paz (computa 2 años) y actualmente Jueza –a cargo del Despacho- del Juzgado de Familia y Menores de Feliciano (computa 2 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Con referencia al desempeño en el Poder Judicial adjunta sentencias que dictara y estadísticas del Juzgado a su cargo.  Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó la Diplomatura en Derecho Penal, dictada por la Universidad Blas Pascal. Asimismo, aprobó el “Curso de Actualización en Derecho de Familia y Niños”, organizado por la Universidad Nacional del Litoral. Posee el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo concursado. En resumen, la Dra. Betiana Gisela CEPARO,  obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad  de 11,15; por Especialidad de 2,06; y por Antecedentes Académicos de 0,75. TOTAL: 13,96 puntos.

 

La Dra. COLLI, GLADIS BEATRIZ (D.N.I. 14.507.634, expediente Nº 655): Nació en la ciudad de La Paz (Entre Ríos), el 05/09/1961. Tiene 54 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 31/08/1990. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 07/12/1990, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 24 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó como Procuradora Fiscal de Santa Elena y como Asesora Legal y Técnica y Procuradora Fiscal de Alcaraz. Asimismo, consta su desempeño como Apoderada Legal –y miembro fundadora- de la ONG “Redes Para La Familia”. Adjunta diversos Poderes otorgados por instituciones gremiales y comerciales. Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Se desempeñó como docente en el nivel medio. En resumen, la Dra. Gladis Beatriz COLLI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,30; y por Antecedentes Académicos de 0,45. TOTAL: 18,75 puntos.

 

El Dr. CONTI, PABLO ANDRES (D.N.I. 25.307.103, expediente Nº 367): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 09/04/1976. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 16/08/2001. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 18/09/2001, desempeñándose en la ciudad de Paraná, en los cargos de: Empleado del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 y de la Mesa de Información Permanente del Superior Tribunal de Justicia (computa 4 años), Secretario –suplente- del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 –(no computa), y actualmente Defensor –suplente/interino- de la Defensoría de Pobres y Menores Nº7 (computa 9 años). Adjunta copia de dictámenes y un recurso emitidos en carácter de Defensor de Pobres y Menores. No registra sanciones disciplinarias. Obtuvo el título de Profesor de Enseñanza Superior en Ciencias Jurídicas, expedido por la Facultad de Ciencias de la Comunicación y Educación de la Universidad de Concepción del Uruguay. Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial”  -ciclo 2014- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Ejerció la docencia en el nivel terciario. En resumen, el Dr. Pablo Andrés CONTI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 15,30; por Especialidad de 2,45; y por Antecedentes Académicos de 1. TOTAL: 18,75 puntos.

 

La Dra. COSATTI, DEBORA VANESA (D.N.I. 27.835.527, expediente Nº 627): Nació en la ciudad de Rosario del Tala (Entre Ríos), el 02/06/1980. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 20/12/2006. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 06/07/2007, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 7 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Se desempeñó como 2° Concejal Titular de la Municipalidad de Rosario del Tala. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 30/07/2014, desempeñándose hasta la actualidad en el cargo de Defensora de Pobres y Menores –interina- de Rosario del Tala (computa 1 año). Adjunta escritos elaborados en el ejercicio de su cargo actual y estadísticas de causas atendidas. Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Universidad Nacional de Rosario. Aprobó el “Curso de Actualización en Prevención de Conductas Adictivas”, organizado por el CAEF (Centro de Ayuda a la Escuela y la Familia). Ejerció la docencia en el nivel medio. En resumen, la Dra. Débora Vanesa COSATTI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 8,26; por Especialidad de 0,30; y por Antecedentes Académicos de 1,70. TOTAL: 10,26 puntos.

 

El Dr. COTTONARO, DANIEL EZEQUIEL (D.N.I. 28.731.144, expediente Nº 641): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 03/02/1981. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Pontificia Universidad Católica Argentina, Sub Sede Paraná, el 28/05/2004. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 05/11/2004, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 11 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó como Asesor Legal de la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de Paraná; Director de la Dirección de Rehabilitación y Reparación de Derechos dependiente del COPNAF, y responsable del Punto Focal de la Provincia de Entre Ríos en  Materia de Trata de Niños, Niñas y Adolescentes. Obtuvo el título de Mediador, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” -ciclo 2013- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Participó en calidad de disertante en diversos eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que concursa. Es autor de dos artículos sobre temáticas de Familia. Posee el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, el Dr. Daniel Ezequiel COTTONARO, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 11,50; por Especialidad de 1,30; y por Antecedentes Académicos de 1,45. TOTAL: 14,25 puntos.

 

La Dra. FROSCHAUER, MARIA LUCRECIA (D.N.I. 28.809.365, expediente Nº 456): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 25/05/1981. Tiene 34 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de  Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste, el 31/05/2005. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de  Entre Ríos el 09/02/2006, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho de Familia y Especialista en Derecho Notarial, ambos expedidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. En resumen, la Dra. María Lucrecia FROSCHAUER, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 9,02; por Especialidad de 0,60; y por Antecedentes Académicos de 1,60. TOTAL: 11,22 puntos.   

 

La Dra. GARCIA, SANDRA BEATRIZ (D.N.I. 17.857.925, expediente Nº 633): Nació en la ciudad de La Paz (Entre Ríos), el 09/11/1966. Tiene 49 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, el 20/12/1990. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 04/10/1991, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 24 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y piezas de elaboración técnica de su autoría. Se desempeñó profesionalmente como Apoderada Legal de la Caja Forense de Entre Ríos. Adjunta un Poder General de una firma comercial. Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Universidad Nacional de Rosario. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora, otorgado por la Escuela de Mediadores de la Dirección Nacional de Extensión Jurídica del Ministerio de Justicia de la Nación (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, la Dra. Sandra Beatriz GARCIA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,40; y por Antecedentes Académicos de 1,55 puntos. TOTAL: 19,95  puntos.

 

La Dra. GIACOBONI, María Inés (D.N.I. 18.407.789, expediente Nº 585): Nació en la ciudad de Chajarí (Entre Ríos), el 11/10/1967. Tiene 48 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Universidad Católica de Salta, el 17/12/2007. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 04/09/2008, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 7 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó como apoderada del I.A.P.S.E.R. Obtuvo el título de Profesora de Filosofía, Pedagogía y Psicología, expedido por el Instituto de Profesorado “Concordia”. Aprobó el Curso de Actualización “Las familias y sus derechos. Transformaciones normativas en el nuevo milenio”, dictado por el Instituto de Formación Y Perfeccionamiento Judicial de la provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi” y el Curso de Posgrado “Actualización en Derecho Procesal y Procesos Especiales”, dictado por la Universidad Nacional del Litoral. Se desempeñó como docente en el nivel medio. En resumen, la Dra. María Inés GIACOBONI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de Antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 6,76; por Especialidad de 0,50; y por Antecedentes Académicos de 0,85. TOTAL: 8,11 puntos.

 

El Dr. GUERCOVICH, PABLO MARIANO (D.N.I. 22.728.140, expediente Nº 412): Nació en la ciudad de Gualeguay (Entre Ríos), el 13/06/1972. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Belgrano, el 26/12/1994. Se matriculó en el Colegio Público de Abogados de Capital Federal el 08/06/1995, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 12 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial  de la Provincia de Entre Ríos el 31/03/2007, desempeñándose en la ciudad de Gualeguay en los cargos de: Delegado Penitenciario (computa 2 años), Secretario de la Excma. Cámara del Crimen (computa 4 años) y actualmente Fiscal Auxiliar N° 1 –interino/suplente- (computa 2 años). No registra sanciones disciplinarias. Agrega piezas de elaboración técnica de su autoría correspondientes a su desempeño como Delegado Penitenciario. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho Penal, expedido por la Universidad Nacional de Belgrano y de Mediador, expedido por la Escuela de Mediadores de la Dirección Nacional de Extensión Jurídica del Ministerio de Justicia de la Nación (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó la Diplomatura “Actualización en Derecho Procesal Penal”, dictada por la Universidad de Concepción del Uruguay. Por otra parte, obtuvo el título de Periodista, expedido por el Instituto Grafotécnico, Escuela Superior de Periodismo. Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” -ciclo 2010- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Es autor de varios artículos sobre distintas temáticas de Derecho. Participó en carácter de conferencista en un evento científico vinculado con la especialidad del cargo concursado. En resumen, el Dr. Pablo Mariano GUERCOVICH, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,40; y por Antecedentes Académicos de 1,80. TOTAL: 20,20 puntos.

 

El Dr. JOJOT, JUAN ALBERTO (D.N.I. 16.377.471 expediente Nº 269): Nació en la localidad El Espinillo (Formosa), el 23/06/1963. Tiene 52 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Universidad Católica de Salta Sub-Sede Buenos Aires, el 12/05/1999. Se matriculó en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal el 23/06/2000 y en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 07/02/2008, encontrándose la primera suspendida y la segunda vigente (computa 15 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó en la Jefatura de Agrupación V “Entre Ríos” de Gendarmería Nacional, con asiento en la ciudad de Paraná y se ha desempeñado como Jefe de División de Bienes Raíces de la Fuerza en la Dirección de Logística, cumpliendo funciones de asesoramiento en el mismo y como 2º Oficial de Enlace con el Ministerio Público Fiscal Federal de Paraná. Obtuvo los títulos de: Notario, expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Plata; Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas, emitido por la Universidad Católica de Salta, Sub-Sede Buenos Aires y Técnico  Superior en Seguridad Pública, expedido por la Escuela de Gendarmería Nacional “Gral. D. Martín Miguel de Güemes”. Se desempeñó como docente en el nivel terciario, y en el nivel universitario en la materia Derecho Constitucional, en la Universidad Católica de Salta, Sub sede Buenos Aires. En resumen, el Dr. Juan Alberto JOJOT, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 16,90; por Especialidad de 0,10; y por Antecedentes Académicos de 1,85. TOTAL: 18,85 puntos.

 

La Dra. LAFERRIERE, CLAUDIA ELENA (D.N.I. 14.718.110, expediente Nº 629): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 22/01/1962. Tiene 54 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 29/04/1986. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 07/11/1986, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 25 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Se desempeñó como Asesora en la Comisión de Discapacidad de la Cámara de Diputados de la Nación. Obtuvo el título de Mediadora, otorgado por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, la Dra. Claudia Elena LAFERRIERE, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,40; y por  Antecedentes Académicos de 0,25 puntos; TOTAL: 18,65 puntos.

 

La Dra. LAROCCA, MIRIAM FATIMA (D.N.I. 18.323.289, expediente Nº 093): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 16/12/1966. Tiene 49 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 11/03/1993. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 05/08/1994, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 4 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 01/04/1998, desempeñándose como Empleada del Juzgado de Paz de Concordia, de la Cámara –Sala Civil y Comercial- de Concordia, del Juzgado Correccional de Concordia, del Juzgado Laboral Nº 3 de Concordia, del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Concordia, y (Delegada Penitenciaria) de la Cámara –Sala Penal- de Concordia (computa 11 años), Defensora –suplente- de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 2 de Gualeguaychú y actualmente Defensora –suplente- de la Defensoría de Pobres y Menores de Chajarí (computa 6 años). No registra sanciones disciplinarias. Se desempeñó como apoderada de la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos –sección Concordia- y de la Municipalidad de Concordia. Con relación a su desempeño en el Poder Judicial, acompaña estadísticas de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 2 de Gualeguaychú. Obtuvo los títulos de Notaria, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral y de Mediadora, expedido por la Escuela Nacional de Mediación (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclo 2010- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Asimismo, aprobó el “Posgrado de Actualización en Derecho de Familia y Niños” y el “Posgrado de Actualización en Derecho Procesal y Procesos Especiales”, ambos dictados por la Universidad Nacional del Litoral. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, la Dra. Miriam Fátima LAROCCA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 16,60; por Especialidad de 2,10; y por Antecedentes Académicos de 1,45. TOTAL: 20,15 puntos.

 

El Dr. LUDUEÑO, MARIANO ANDRÉS (D.N.I. 28.132.778, expediente Nº 631): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 19/05/1980. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires, el 19/08/2005. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 09/02/2006, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 4 años). No registra sanciones disciplinarias.  Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 01/06/2010, desempeñándose en los cargos de Empleado –provisorio/suplente/titular- del Superior Tribunal de Justicia (computa 3 años), Defensor de Pobres y Menores –de feria- de San Salvador (no computa), Juez –de feria- de San Salvador (no computa) y actualmente Juez –suplente- del Juzgado de Paz de San Salvador (computa 2 años). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta copia de sentencias y dictámenes que elaborara en el ejercicio de los cargos de Juez y Defensor. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo el título de Especialista en Magistratura, expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.  Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclo 2012- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Asimismo, aprobó el curso de actualización “Las Familias y sus Derechos. Transformaciones Normativas en el Nuevo Milenio”, dictado por el Instituto antes mencionado. Ejerció la docencia, tanto en el nivel medio como terciario. En resumen, el Dr. Mariano Andrés LUDUEÑO, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 6,75; por Especialidad de 0,30; y por Antecedentes Académicos de 2,20. TOTAL: 9,25 puntos.

 

La Dra. MORITAN, ROSARIO (D.N.I. 20.189.885, expediente Nº 629): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 07/03/1969. Tiene 47 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 09/08/1993. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 05/11/1993, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 22 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Adjunta diversos poderes otorgados por entidades financieras y distintas firmas comerciales. Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. En resumen, la Dra. Rosario MORITAN, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 1; y por Antecedentes Académicos de 1,30 puntos. TOTAL: 20,30 puntos.

 

La Dra. MOSCATELLI, GRISELDA MABEL (DNI 24.859.691, expediente Nº 253): Nació en la ciudad de Concepción del Uruguay (Entre Ríos), el 15/05/1961. Tiene 54 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, el 18/12/1985. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 06/03/1987, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad. No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 13/02/2009, desempeñándose hasta la actualidad en la ciudad de Concepción del Uruguay, en el cargo de Secretaria –suplente /interina- del Juzgado de Familia y Penal de Menores. No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el cómputo en el ejercicio libre de la profesión (19  años y 4 meses) y en el cargo de Secretaria de Primera Instancia (6 años y 3 meses) se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 26 años). Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Asimismo, obtuvo los títulos de Mediadora, expedido por la Escuela de Mediadores, de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de conflictos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia) y de Profesora de Enseñanza Superior en Ciencias Jurídicas, otorgado por la Universidad de Concepción del Uruguay. Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclo 2013- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Por otra parte, aprobó el “Curso de Posgrado en Derecho de Familia y Niños” y el “Curso de Actualización en Investigación y Litigación Penal”, dictados por la Universidad Nacional del Litoral y por la Universidad de Concepción del Uruguay, respectivamente. Participó en calidad de disertante-capacitadora en el Curso para Empleados Judiciales, “Modulo de Familia”. Se desempeña como docente en el nivel universitario en las materias: Mediación y Conciliación, Práctica Forense II y Derecho Civil V, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción del Uruguay; y de la materia Derecho Privado en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Concepción del Uruguay. Es co-autora de dos publicaciones sobre temáticas de Familia. Posee el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, la Dra. Griselda Mabel MOSCATELLI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 2,10; y por Antecedentes académicos de 5,95. TOTAL: 26,05 puntos.

 

La Dra. MURGA, MARIA ELEONORA (D.N.I. 18.588.937, expediente Nº 422): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 27/11/1967. Tiene 48 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 30/08/1990. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos, el 02/11/1990, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad. No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 19/11/1993, desempeñándose en la ciudad de Paraná en los cargos de: Secretaria –suplente- del Juzgado Civil y Comercial N° 4 y N° 8, Defensora -suplente- de la Defensoría de Pobres y Menores N° 1 y Nº 2 (no computa) y actualmente Juez –titular- del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Diamante (computa 3 años). Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Chubut el 01/03/2000, desempeñándose en el cargo de Juez – titular- del Juzgado de Familia de la ciudad de Puerto Madryn (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el cómputo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión (14 años y 9 meses) y en el cargo de Secretario de Primera Instancia (1 año y 3 meses) se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 16 años). En relación a su desempeño como Jueza acompaña copia de sentencias, resoluciones y estadísticas de expedientes tramitados, resueltos, apelados y confirmados. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Fue contratada por el Consejo del Menor de la Provincia de Entre Ríos para elaborar el anteproyecto de ley “Protección Integral de los derechos del Niño, el adolescente y la familia”, el cual es agregado a su expediente con la ley que fuera sancionada en forma definitiva. Fue directora de Derechos y Programas para la Niñez, la Adolescencia y la Familia del COPNAF en la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Universidad Nacional de Rosario. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que se concursa. Ha participado en calidad de disertante en numerosos eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Se desempeñó como docente en el nivel universitario en la materia Derecho Civil V (Familia) en la Escuela Superior de Derecho de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco Sedes Puerto Madryn y Sede Trelew. Asimismo, se desempeña en las materias: Derecho de Familia y Derecho Civil I -Parte General- en la Universidad Católica Argentina Subsede Paraná y en la materia Derecho Civil V (Familia) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Es autora de distintas publicaciones sobre temáticas de Familia. En resumen, la Dra. María Eleonora MURGA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 4; y por Antecedentes Académicos de 6,50. TOTAL: 28,50 puntos.

 

El Dr. NAVARRO, MARTÍN RODRIGO (D.N.I. 23.278.721, expediente Nº 083): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 18/06/1973. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 24/05/1995. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Ente Ríos el 01/09/1995, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 18 años). Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Chubut, desempeñándose en el cargo de Juez Penal de la Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Comodoro Rivadavia (computa 1 año). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y piezas de elaboración técnica de su autoría. Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó en la Dirección de Asuntos Legales de la ex Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Paraná y en el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos; actualmente se desempeña como Asesor Legal de la Defensoría del Pueblo de Paraná. Ejerció la docencia en el nivel terciario. En resumen, el Dr. Martín Rodrigo NAVARRO, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,76; y por Antecedentes Académicos de 0,20. TOTAL: 18,96 puntos.

 

 El Dr. PELLICHERO, CARLOS ANDRÉS (D.N.I. 27.835.304, expediente Nº 432): Nació en la ciudad de Nogoyá (Entre Ríos), el 17/03/1980. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 16/12/2005. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 08/09/2006 encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 19/03/2015, desempeñándose hasta la actualidad en el cargo de Juez –a cargo del Despacho- del Juzgado de Familia y Penal de Menores de Villaguay (no computa). Durante el ejercicio libre de la profesión se desempeñó como Procurador Fiscal de la Municipalidad de Nogoyá, y Juez de Faltas de la Municipalidad de Lucas González. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Con referencia a su desempeño en el Poder Judicial adjunta sentencias y estadísticas del juzgado a su cargo. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho Procesal Civil, Especialista en Derecho de Daños y Especialista en Notariado, todos ellos expedidos por la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo, recibió los títulos de Especialista en Derecho de Familia y Especialista en Derecho Sucesorio, ambos expedidos por la Universidad Nacional de Rosario. Por otra parte, obtuvo el título de Mediador, emitido por el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones de Formadoras en Mediaciones de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Ejerció la docencia en el nivel terciario. Es autor de tres publicaciones sobre distintas temáticas de Derecho. En resumen, el Dr. Carlos Andrés PELLICHERO, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 9,02; por Especialidad de 1,80; y por Antecedentes Académicos de  3,75. TOTAL: 14,57 puntos.

 

El Dr. PIQUET, GUSTAVO DANIEL (D.N.I.Nº 26.913.265, expediente Nº413): Nació en la localidad de Larroque (Entre Ríos), el 15/09/1978. Tiene 37 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el 23/12/2003. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 26/08/2004, desempeñándose en la ciudad de Gualeguay en los cargos de: Empleado­ -temporario/provisorio/titular- del Juzgado de Garantías (computa 4 años), Secretario -interino- del Juzgado de Garantías (computa 4 años) y actualmente Juez –a cargo del Despacho- del Juzgado de Familia (computa 3 años). No registra sanciones disciplinarias. Con referencia a su desempeño en el Poder Judicial adjunta sentencias (publicadas en revistas jurídicas de la especialidad concursada) y dictámenes emitidos en la función de los cargos de Juez, Agente Fiscal y Fiscal de Cámara. Asimismo, acompaña estadísticas del Juzgado a su cargo. Obtuvo el título de Mediador, expedido por Humanita Asociación Civil (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclos 2010, 2011, 2012 y 2013- organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Asimismo, aprobó la Diplomatura de Actualización en Derecho Procesal Penal, dictada por la Universidad de Concepción del Uruguay. Se desempeñó como docente en el nivel terciario. En resumen, el Dr. Gustavo Daniel PIQUET, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 10,20; por Especialidad de 0,50 puntos; y por Antecedentes Académicos de 1,45. TOTAL: 12,15 puntos.

 

La Dra. POLIZZI, FATIMA ANAHI (D.N.I. 25.694.640, expediente Nº 632): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 21/01/1977. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 03/10/2000. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 06/04/2001, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 14 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó profesionalmente en el área legal de la Comisión Administradora para el fondo especial de Salto Grande y en la Coordinación Departamental de Concordia del COPNAF. Obtuvo el título de Mediadora, expedido por la Escuela de Mediación de la Universidad Nacional del Litoral (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso de Actualización en Derecho de Familia y Niños” y el “Curso de Profundización: intervención social con familias”, dictados por la Universidad Nacional del Litoral y por la Universidad Nacional de Entre Ríos, respectivamente. Asimismo, aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclo 2013- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Participó en el dictado de un Curso-Taller organizado por el COPNAF. En resumen, la Dra. Fátima Anahí POLIZZI, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 15,55; por Especialidad de 1,40; y por Antecedentes Académicos de 1,15. TOTAL: 18,10 puntos.

 

El Dr. RAMÍREZ MITCHELL, FEDERICO MARIA (D.N.I. 14.718.930, expediente Nº 185): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 03/01/1964. Tiene 52 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 29/09/1989. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 06/04/1990, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad. No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la provincia de Entre Ríos el 27/02/1985, habiendo desempeñado los cargos de: Empleado –titular- del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Paraná (computa 1 año), Juez –suplente- del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Villaguay (no computa) y actualmente Secretario -suplente/Interino/provisorio/titular- del Juzgado de Familia y Menores Nº 1 de Paraná. No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión (9 años y 5 meses) y en el cargo de Secretario de Primera Instancia (11 años y 2 meses) se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 21 años). En el ejercicio libre de la profesión se desempeñó como Asesor Letrado en la Fiscalía de Estado de Entre Ríos. Obtuvo el título de Mediador, expedido por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Es autor de una publicación sobre temáticas de Familia. Posee el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, el Dr. Federico María RAMIREZ MITCHELL, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 3,18; y por Antecedentes Académicos de 0,65. TOTAL: 21,83 puntos.

El Dr. RODRIGUEZ SIGNES, TULIO FABIAN (D.N.I. 16.608.447, expediente Nº 618): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 16/07/1963. Tiene 52 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 12/12/2006. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 21/04/1986, desempeñándose en la ciudad de Paraná, en los cargos de: Empleado del Superior Tribunal de Justicia, del Juzgado Civil y Comercial N° 6, del Juzgado Laboral N° 1 y del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 (computa 22 años), Secretario –suplente/interino/provisorio- del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 (computa 6 años), y actualmente Juez –a cargo del Despacho- del Juzgado de Familia N° 1 (computa 1 año). Adjunta copia de sentencias y estadísticas del juzgado a su cargo. No registra sanciones disciplinarias. Asimismo, adjunta copia del texto de Anteproyecto de Reglamentación de los arts. 19-40 de Ley 10.058 (de Violencia de Género) que le encargara –junto a otros funcionarios del fuero- el S.T.J. Aprobó el Curso de Posgrado “La interdisciplina en los procesos de familia y niños”, dictado por la Universidad Nacional del Litoral. Participó en calidad de disertante y como disertante-capacitador en eventos científicos vinculados a la especialidad concursada. Es autor de dos artículos sobre temáticas de Familia. En resumen, el Dr. Tulio Fabián RODRIGUEZ SIGNES, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 7,68;  por Especialidad de 1,58; y por Antecedentes Académicos de 1. TOTAL: 10,26 puntos.

 

La Dra. RUBIN, PATRICIA MARIEL (D.N.I. 21.697.693 expediente Nº 643): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 04/01/1971. Tiene 45 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, el 29/06/1998. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 05/02/1999, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 16 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo el título de Mediadora, expedido por Humanita Asociación Civil (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó los siguientes cursos de posgrado: “Violencia Familiar e Interdisciplinaria”, “Curso de Actualización en Derecho Procesal Civil”, “Curso de Actualización en Derecho de Familia y Niños” y el “Curso de Posgrado: Actualización en Derecho Procesal, Procesos Especiales y Derecho de Daños, Referencia Transversal al Proyecto de Unificación del Código Civil con el de Comercio (PEN)”, todos ellos dictados por la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo aprobó el “Curso de Actualización en Derecho”, organizado por el CAER, y el “Curso de Capacitación Pedagógica para Graduados Universitarios”, dictado por la UNER. En resumen, la Dra. Patricia Mariel RUBIN, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 1,40; y por Antecedentes Académicos de 0,85. TOTAL: 20,25 puntos.

 

 El Dr. SALEM, SEBASTIAN EDUARDO (D.N.I. 21.480.181, expediente Nº 377): Nació en Capital Federal, el 21/02/1970. Tiene 45 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, el 30/11/1998. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 01/10/1999, encontrándose la misma suspendida por incompatibilidad (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 01/03/2011, desempeñándose hasta la actualidad en el cargo de Juez de Paz de Gualeguay (computa 4 años). No registra sanciones disciplinarias. Aprobó el curso de Posgrado en Derecho Internacional, organizado por la Universidad de Concepción del Uruguay en convenio con la Universita degli Studi di Bari-Italia. Asimismo, aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” –ciclo 2013- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Por otra parte, aprobó la Diplomatura “Gestión Judicial”, dictada por la Universidad de Concepción del Uruguay. Participó en carácter de docente invitado en la cátedra Derecho Comunitario II en  la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción del Uruguay. En resumen, el Dr. Sebastián Eduardo SALEM obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje por Antigüedad de 12,62; por Especialidad no computa; y por Antecedentes Académicos de 1,70. TOTAL: 14,32 puntos.

 

La Dra. SIEYRA, MARIA LORENA (D.N.I. 25.630,238 expediente Nº 659): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 24/12/1976. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 03/12/2003. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la 1° Circunscripción Judicial de Santa Fe el 27/12/2005 y en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 01/10/2004, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe el 30/04/2004, desempeñándose como Empleada del Juzgado Civil y Comercial N° 10 (no computa). En resumen, la Dra. María Lorena SIEYRA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 9,02; por Especialidad de 0,28; y por Antecedentes Académicos no computa. TOTAL: 9,30 puntos.

 

La Dra. SIMARRO, MARIANA GUADALUPE (D.N.I. 26.150.667 expediente Nº 657): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 13/11/1977. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 14/02/2003. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 16/04/2004, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. Se desempeñó profesionalmente como Asesora Letrada en la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho Notarial y Profesora Superior en Abogacía, expedidos por la Universidad Nacional del Litoral y por la Universidad Católica Argentina, respectivamente. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora, encontrándose inscripta en el registro de mediadores del STJER. En resumen, la Dra. Mariana Guadalupe SIMARRO, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 10,15; por Especialidad no computa; y por Antecedentes Académicos de 1,05. TOTAL: 11,20 puntos.

 

La Dra. SIPPEL, MARIA ALEJANDRA (D.N.I. 26.248.312 expediente Nº 636): Nació en la localidad de Maciá (Entre Ríos), el 21/10/1977. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, el 20/12/2004. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 08/04/2005, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho de Familia y Mediadora, ambos expedidos por la Universidad Nacional del Litoral. Aprobó el Curso de Actualización en Prevención de Conductas Adictivas, organizado por el Centro de Ayuda a la Escuela y la Familia. Se desempeñó como docente tanto en el nivel medio como terciario. En resumen, la Dra. María Alejandra SIPPEL, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 10,15; por Especialidad de 0,20; y por Antecedentes Académicos de 2,15. TOTAL: 12,50 puntos.

 

El Dr. STIEB. MARCELO FABIAN (D.N.I. 25.276.485, expediente Nº 218): Nació en la ciudad de Esperanza (Santa Fe), el 29/08/1976. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 06/03/2003. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 10/10/2003, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 12 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó profesionalmente como Asesor Legal en la Unidad Penal N° 1 de Entre Ríos. Obtuvo el título de Mediador, expedido por la Escuela de Mediación (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, el Dr. Marcelo Fabián STIEB, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 12,85; por Especialidad no computa; y por Antecedentes Académicos de 0,25. TOTAL: 13,10 puntos.

 

La Dra. SUAREZ SCHUMACHER, CAROLINA ANABEL (DNI 28.471.410, expediente Nº 625): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 04/12/1980. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires, el 28/05/2004. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 04/03/2005, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 10 años). No posee sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 23/09/2014, desempeñándose hasta la actualidad como empleada –temporaria- del Ministerio Público de la Defensa (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Obtuvo el título de Especialista en Derecho de Daños, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora otorgado por la Universidad Nacional de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” -ciclo 2012-, organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Es autora de tres artículos, uno de ellos sobre temáticas de Familia. En resumen, la Dra. Carolina Anabel SUAREZ SCHUMACHER, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 10,60; por Especialidad de 1,98; y por Antecedentes Académicos de 0,95. TOTAL: 13,53 puntos.

 

El Dr. TURUGUET, FLAVIO OMAR (D.N.I. 18.273.876, expediente Nº 521): Nació en la ciudad de Rosario (Santa Fe), el 30/07/1967. Tiene 48 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 03/07/2000. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 13/10/2000 encontrándose la misma actualmente vigente (computa 15 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y Poder General para Juicios y Asuntos Administrativos otorgado por el I.A.P.S.E.R., como así también, por una firma comercial. Obtuvo el título de Especialista en Derecho Procesal Civil, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral y de Mediador en la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial”  -ciclo 2014- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. En resumen, el Dr. Flavio Omar TURUGUET, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 16,90; por Especialidad de 0,50; y por Antecedentes Académicos de 1,45. TOTAL: 18,85 puntos.

 

La Dra. VARISCO, MARIELA ALEJANDRA (D.N.I. 28.257.306 expediente Nº 609): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 03/08/1980. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 12/08/2005. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 02/06/2006, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó como Asesora Letrada de la Fiscalía de Estado de Entre Ríos. Acompaña escritos realizados en función de dicho cargo. Adjunta poder Gral. para juicios y asuntos administrativos para actuar en el departamento Paraná otorgado por A.T.E.R.  Obtuvo el título de Especialista en Derecho Procesal Civil, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora expedido por la Escuela de Mediación Aréchaga, Vergara y Bulygin (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, la Dra. Mariela Alejandra VARISCO, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 9,02; por Especialidad no computa; y por Antecedentes Académicos de 1,15. TOTAL: 10,17 puntos.

 

La Dra. VERA, LÍA RAQUEL (D.N.I. 17.959.475 expediente Nº 626): Nació en la ciudad de Rosario del Tala (Entre Ríos), el 28/05/1967. Tiene 48 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 24/11/2009. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 06/09/2010, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Obtuvo los títulos de: Notaria, expedido por la Universidad Católica Argentina; Mediadora, expedido por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia); Profesora en Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, expedido por el Colegio de Nivel Medio y Superior “Doctor Julio Ossola” y Profesora para la Enseñanza Primaria, expedido por el Instituto Superior del Profesorado para la Enseñanza Primaria Maciá. Se desempeñó como docente en el nivel medio. En resumen, la Dra. Lía Raquel VERA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 4,50; por Especialidad de 0,10; y por Antecedentes Académicos  de1,25. TOTAL: 5,85 puntos.

 

La Dra. VIDAL, MIRIAM SORAYA DANIELA (DNI 25.672.123, expediente Nº 426): Nació en la ciudad de Reconquista (Santa Fe), el 23/11/1976. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 09/12/2002. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 21/04/2006, desempeñándose en la ciudad de Gualeguay en los cargos de: Empleada –titular- del Juzgado Civil y Comercial (computa 4 años), Secretaria –suplente- del Juzgado Civil y Comercial N° 2 y actualmente Secretaria -interina- del Juzgado de Familia (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta sentencias dictadas en base a proyectos elaborados por la postulante, conforme certificación de quienes las suscriben. Obtuvo el título de Notaria, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora otorgado por “Humanita Asociación Civil” (habilitada por el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). Aprobó el “Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial” -ciclos 2009 y 2012-, organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Participó en calidad de Disertante-capacitadora en el Curso de Capacitación para Empleados Judiciales. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, la Dra. Miriam Soraya Daniela VIDAL, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 6,30; por Especialidad de 0,50; y por Antecedentes Académicos de 1,55. TOTAL: 8,35 puntos.

 

La Dra. VILLALBA, BEATRIZ (D.N.I. 12.772.576 expediente Nº 055): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 04/01/1958. Tiene 58 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de derecho de la Universidad Católica de Santa Fe, el 13/03/1997. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 07/11/1997, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 17 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos y escritos de elaboración técnica de su autoría. Obtuvo el título de Notaria, expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. En resumen, la Dra. Beatriz VILLALBA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 0,20; y por Antecedentes Académicos de 0,30. TOTAL: 18,50 puntos.


La Dra. VILLALONGA, MARIA SOLEDAD (D.N.I. 26.302.807, expediente Nº 371): Nació en la ciudad de Federal (Entre Ríos), el 27/12/1977. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 28/12/2001. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 13/09/2002, encontrándose la misma actualmente vigente. No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 05/11/2007, desempeñándose como Secretaria –suplente- del Juzgado Civil y Comercial de la ciudad de Federal. No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el cómputo en el ejercicio libre de la profesión (12  años, 5 meses y 8 días) y en el cargo de Secretario de Primera Instancia (1 mes y 25 días) se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 13 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó como Procuradora Fiscal del departamento Federal. Obtuvo los títulos de Notaria y Especialista en Derecho de Familia, ambos expedidos por la Universidad Nacional del Litoral. Asimismo, obtuvo el título de Mediadora, expedido por el Colegio de Abogados de Entre Ríos (habilitada por el Registro de Instituciones de Formadoras en Mediaciones de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia). En resumen, la Dra. María Soledad VILLALONGA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 14,20; por Especialidad de 0,20; y por Antecedentes Académicos de 1,85. TOTAL: 16,25 puntos.

 

La Dra. ZAPATA, ELIDA ROXANA (D.N.I. 23.497.183 expediente Nº 624): Nació en la ciudad de Gualeguay (Entre Ríos), el 26/12/1973. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, el 21/09/2001. Se matriculó en el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos el 14/02/2003, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 12 años). No posee sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Se desempeñó como Procuradora Fiscal del departamento Gualeguay y como coordinadora departamental de Gualeguay en el COPNAF. Obtuvo los títulos de Especialista en Derecho de Familia y Notaria, expedidos por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Se desempeñó como docente tanto en el nivel medio como terciario. En resumen, la Dra. Elida Roxana ZAPATA, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 12,85; por Especialidad de 0,40; y por Antecedentes Académicos de 2. TOTAL: 15,25 puntos.

 

                        Que, el Pleno del CMER aprobó por unanimidad las calificaciones precedentes, en Sesión Ordinaria de fecha 05.02.2016;

 

                      Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó a la Dra. Antonio Humberto Hernán FUMANERI;

 

                    Que, la presente se dicta de conformidad con los artículos 17 y 18 de la Ley Nº 9.996 y el artículo 42 RGCP;

     Por ello,

                                             EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

Artículo 1º: Apruébense las calificaciones de los antecedentes de los inscriptos al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 157 para cubrir tres (3) cargos de Juez para los Juzgados de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Paraná, como se detalla a continuación: Dra. Rosa Analia AHIBE, 12,35 puntos; Dra. Luciana AMATTI, 15,50 puntos; Dra. Romina AQUILINI, 11,20 puntos; Dr. Alejandro Javier BULAY, 15,10  puntos; Dra. Mabel Teresita BUTTAZZONI, 19,05 puntos;  Dra. Betiana Gisela CEPARO 13,96 puntos; Dra. Gladis Beatriz COLLI, 18,75 puntos; Dr. Pablo Andrés CONTI, 18,75 puntos; Débora Vanesa COSATTI, 10,26 puntos; Dr. Daniel Ezequiel COTTONARO, 14,25 puntos; María Lucrecia FROSCHAUER, 11,22 puntos; Dra. Sandra Beatriz GARCIA, 19,95 puntos; Dra. María Inés GIACOBONI, 8,11 puntos; Dr. Pablo Mariano GUERCOVICH, 20,20 puntos; Dr. Juan Alberto JOJOT, 18,85 puntos; Dra. Claudia Elena LAFERRIERE, 18,65 puntos; Dra. Miriam Fátima LAROCCA, 20,15 puntos; Dr. Mariano Andrés LUDUEÑO, 9,25  puntos; Dra. Rosario MORITAN, 20,30 puntos; Dra. Griselda Mabel MOSCATELLI,  26,05 puntos; Dra. María Eleonora MURGA, 28,50 puntos; Dr. Martin Rodrigo NAVARRO, 18,96 puntos; Dr. Carlos Andrés PELLICHERO, 14,57 puntos; Dr. Gustavo Daniel PIQUET, 12,15 puntos; Dra. Fátima Anahi POLIZZI, 18,10 puntos; Dr. Federico María RAMIREZ MITCHELL, 21,83 puntos; Dr. Tulio Fabián RODRIGUEZ SIGNES, 10,26 puntos; Dra. Patricia Mariel RUBIN, 20,25 puntos; Dr. Sebastián Eduardo SALEM, 14,32 puntos; Dra. María Lorena SIEYRA, 9,30 puntos; Mariana Guadalupe SIMARRO, 11,20 puntos; Dra. María Alejandra SIPPEL, 12,50 puntos; Dr. Marcelo Fabián STIEB, 13,10 puntos; Dra. Carolina Anabel SUAREZ SCHUMACHER, 13,53 puntos; Dr. Flavio Omar TURUGUET, 18,85 puntos; Dra. Mariel Alejandra VARISCO, 10,17 puntos; Dra. Lía Raquel VERA, 5,85 puntos; Dra. Miriam Soraya Daniela VIDAL, 8,35 puntos; Dra. Beatriz VILLALBA, 18,50 puntos; María Soledad VILLALONGA, 16,25 puntos; Dra. Elida Roxana ZAPATA, 15,25 puntos; todo conforme a la normativa y fundamentos de los considerandos de la presente.  

Artículo 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

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