Resolución N° 115 S.G.C.M.E.R.
 

                                                                           

                                                                                                                                           PARANÁ, 29 de Octubre de 2015

 

           

VISTO:

 

                        La finalización del período de inscripción a los Concursos Públicos Nº 163 al Nº 166; y

 

 

            CONSIDERANDO: 

 

                        Que, en fecha 19 de Septiembre de 2015, finalizó el período de inscripción a los Concursos Públicos Nºs 163 a 166 destinados a cubrir: UN (1) cargo Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Salvador; UN (1) cargo Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Paranacito; UN (1) cargo Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 con competencia en Concursos y Quiebras de la ciudad de Paraná y  UN (1) cargo Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 con competencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución de la ciudad de Concepción del Uruguay, respectivamente; y

                       

                        Que, conforme al artículo 50 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción,  se  tendrá  por  admitidos  a  los  postulantes  y  a  tal  efecto  se  dará  a

conocer el listado del total de inscriptos y de quienes lo están en carácter condicional, de la misma forma que se publicó el llamado a concurso, haciéndose saber, el lugar donde se recibirán las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos y la fecha y hora hasta la cual podrán plantearse; y

 

                        Que, asimismo, y conforme el último párrafo del artículo antes citado, se admitirá la inscripción condicional de aquellos postulantes que no posean los requisitos fijados por la ley a la fecha de cierre del plazo establecido al efecto, no obstante los reunieren al momento de la finalización del concurso, ello así, debe entenderse establecido, por ejemplo, para los casos en que no se reúne la antigüedad mínima en la profesión o en funciones judiciales, para el cargo que se postula; y

                        Que, además, conforme a los artículos 47 y 48 del RGCP, se rechazarán las solicitudes de inscripción de aquellos postulantes que, pese a haber sido emplazados, no hayan cumplido con los requisitos fijados por la Constitución Provincial, la ley del Consejo de la Magistratura, el RGCP y las leyes orgánicas del Poder Judicial o del Ministerio Público, a la fecha del vencimiento del plazo establecido al efecto; y

 

Que, según el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de CINCO (5) días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión en el concurso de aquellos aspirantes que, a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP; y

 

                        Que, el artículo 52 del RGCP dispone que las impugnaciones deberán presentarse por escrito, en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, el acto administrativo que le otorga personería jurídica, o ley de creación y una fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma; y

 

                        Que, la impugnación deberá también detallar los datos de la  persona  observada, el o los motivos en que fundamenta la misma y la prueba en que se sustenta, la que deberá ser acompañada en ese momento, o en su caso, la indicación precisa del lugar en donde puede hallarse; y

 

                        Que es facultad del Secretario General del CMER dictar la presente conforme al artículo 13 de la Ley Nº 9.996 y a los artículos 21, 22 y 50 del RGCP;

 

                       

Por ello;

 

 

EL  SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Admitir las  solicitudes  de  inscripción y conformar  el  listado  total de los

siguientes postulantes inscriptos, a saber: Concurso Nº 163 -UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Salvador: AQUINO, Stella Maris; ARCULIS, Alberto; BARBARÁ, Carolina Alejandra; BASALDÚA, Ignacio Martín; BERTELLO, Víctor Manuel; BONATO, César Adrián; DIZ, María José; EGIUAZÚ, Gustavo Daniel; FERREYRA, Eduardo Ernesto; FERREYRA, José María; GARCÍA, Silvina Claudia; GONZÁLEZ, Edgardo Daniel; KRAMER, Érica Ivón; LAROCCA, Ricardo Agustín; LUDUEÑO, Mariano Andrés; MARCOGIUSEPPE, Julio César; MARCOLINI, Juan José; MARTINEZ GARBINO, Emanuel; MIR, Máximo Agustín; MONJES, Geraldine Analía Lorena; OTTOGALLI, Arieto Alejandro; RAFFO, Silvina Alejandra; RAMAT, Facundo Manuel; RUBIN, Patricia Mariel; TURUGUET, Flavio Omar y VALES, Gustavo Amílcar; Concurso Nº 164 - UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Paranacito: AQUINO, Stella Maris; ARCULIS, Alberto; BARBARÁ, Carolina Alejandra; BASALDÚA, Ignacio Martín; BERTELLO, Víctor Manuel; BONATO, César Adrián; DIZ, María José; EGIUAZÚ, Gustavo Daniel; FERREYRA, Eduardo Ernesto; GARCÍA, Silvina Claudia; GONZÁLEZ, Edgardo Daniel; KRAMER, Érica Ivón; LUDUEÑO, Mariano Andrés; MARCOLINI, Juan José; MARTINEZ GARBINO, Emanuel; MIR, Máximo Agustín; MONJES, Geraldine Analía Lorena; RAMAT, Facundo Manuel; RODRÍGUEZ, Abel Alfredo; VALENZA, César Rubén y WEIMBERG, Agustín Adolfo; Concurso Nº 165 -UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 con competencia en Concursos y Quiebras de la ciudad de Paraná: EGUIAZÚ, Alfredo Alesio; FERNÁNDEZ, José Luis; GARCÍA, Silvina Claudia; LUDUEÑO, Mariano Andrés; MARCOLINI, Juan José; MIR, Máximo Agustín; MOIA, Ángel Luis; SCELZI, Carlos María; TEPSICH, María Gabriela; VALES, Gustavo Amílcar y WEIMBERG, Agustín Adolfo y Concurso Nº 166 - UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 con competencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución de la ciudad de Concepción del Uruguay: AGOTEGARAY, Gastón; ALÚ, Nelson Daniel; BERTELLO, Víctor Manuel; EGUIAZÚ, Alfredo Alesio; FERNÁNDEZ, José Luis; GARCÍA, Silvina Claudia; LUDUEÑO, Mariano Andrés; MARCOLINI, Juan José; MIR, Máximo Agustín; PERDIGUERO, Mariela Alejandra; RAFFO, Silvina Alejandra; SCELZI, Carlos María; TEPSICH, María Gabriela; TURUGUET, Flavio Omar; VALENZA, César Rubén; VALES, Gustavo Amílcar y WEIMBERG, Agustín Adolfo

 

Artículo 2º:  Hacer saber que las impugnaciones se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.

 

Artículo 3º: Publicar el listado por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página web del Consejo y del FOFECMA y mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

 

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese y archívese

 

Fecha de Publicación: 
 
 
Volver
Dirección General de Informática - www.entrerios.gov.ar/dgin - 2019