Resolución N°689 C.M.E.R.
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PARANÁ, 23 de abril de 2015
VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 145 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Chajarí; y
CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (CMER), proponer al PODER EJECUTIVO Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del MINISTERIO PÚBLICO del PODER JUDICIAL, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes; y
Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. GOBERNADOR, la terna de candidatos para el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí; y
Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme las Resoluciones 92/14 SGCMER (5.3.14); 654/14 CMER (20.11.14); 660/15 (19.2.15); 677/15 CMER y 679/15 CMER (ambas del 26.3.15); las Actas N°s.: 26 y 27 (5.8.14); 28 y 29 (7.8.14); 1 (19.2.15); 12 (22.4.15) y 13 (23.4.15); y el Dictamen emitido por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión; y
Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), el CMER procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por los únicos postulantes que obtuvieron SESENTA (60) o más puntos y en orden prelativo de la siguiente forma, a saber: 1º) VELASCO, Mariano Luis: OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTÉSIMOS (82,35); 2º) EGUIAZU, Alfredo Alesio: SETENTA Y SIETE CON SESENTA CENTÉSIMOS (77,60); 3º)OTTOGALLI, Arieto Alejandro: SETENTA Y SEIS CON VEINTE CENTÉSIMOS (76,20); y Que, según lo establece el artículo 100 del RGCP, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar otras ternas de otros concursos en trámite - en el caso los Dres.: VELASCO; EGUIAZU y OTTOGALLI, se encuentran propuestos para los Concursos Nºs.: 144; 136, 137, 140, 143/145; 136, 137, respectivamente - corresponde agregar además una lista complementaria compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación, por lo que la lista complementaria se integra con el siguiente postulante que en orden prelativo resulta: 4º)VEGA, Silvia Alicia SETENTA Y DOS CON SETENTA Y CINCO CENTÉSIMOS (72,75); 5º) MARRAMA, Silvia Estela SESENTA Y NUEVE CON SESENTA (69,60) y 6º) MARCOLINI, Juan José SESENTA Y DOS CON TREINTA CENTÉSIMOS (62,30); y
Que, asimismo conforme a los artículos antes citado, se hace saber al Poder Ejecutivo que corresponderá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado y completarlas con los concursantes incluidos en las listas complementarias; y
Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGPC, certifica la presente la Consejera Silvina CALVEYRA; y
Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE:
ARTICULO 1º: Elevar al Sr. GOBERNADOR de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, la terna correspondiente al Concurso Nº 145 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la Ciudad de Chajarí, conformada por los siguientes postulantes: VELASCO, Mariano Luis; EGUIAZU, Alfredo Alesio y OTTOGALLI, Arieto Alejandro.
ARTICULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100 del RGCP, conformada por los siguientes postulantes: VEGA, Silvia Alicia; MARRAMA, Silvia Estela y MARCOLINI, Juan José.
ARTICULO 3º: Poner a disposición del PODER EJECUTIVO Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.
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Fecha de Publicación: |