Resolución N° 683 C.M.E.R.
 

 

                                                                                                                                                 PARANA, 01 de Abril de 2015

 

 

VISTO:

 

Las Leyes Nºs 9.861; 10.336 y 10.337 y la información recabada por la Secretaría General respecto de los diversos cargos vacantes en el Poder Judicial de Entre Ríos, y;

  

 

CONSIDERANDO:

 

Que,  se encuentran vacantes dentro del Fuero de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia, UN (1) cargo de Juez de Primera Instancia en las Ciudades de Rosario del Tala;  Federal; La Paz; Villaguay; Nogoyá; Gualeguay; Chajarí y Feliciano y TRES (3) cargos de Juez de Primera Instancia en la Ciudad de Paraná; y

 

Que en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Febrero de 2.015, el Pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER) en forma unánime resolvió dar inicio a los trámites administrativos y reglamentarios para  el  llamado a Concursos Públicos destinados a cubrir los cargos vacantes comunicados, delegándose en la Secretaría General las facultades necesarias y convenientes para la concreción de aquellos; y

 

Que, según lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 9.996 y el artículo 24 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), en fecha 27 de Marzo de 2.015, en acto público, se realizó el sorteo de Jurados que integrarán el cuerpo técnico que calificará las Pruebas de Oposición de los concursos mencionados, y se notificó a los que resultaron designados, quienes aceptaron el cargo propuesto, conforme lo establece el artículo 30 del RGCP; y

 

Que, tal como lo dispone el artículo 36 del RGCP, corresponde indicar hora de inicio y de finalización del período de inscripciones, lugar donde podrá retirarse la documentación necesaria y formalizarse las solicitudes correspondientes; y

 

 

Que asimismo, y por razones que favorecen a la organización de los trámites de inscripción, el Pleno decidió establecer diferentes fechas de inscripción para los diversos concursos; y

 

Que, conforme al artículo 37 del RGCP, deberá hacerse saber que de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán automáticamente a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias; y

 

Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó a la Sra. Gladys Mabel PEDRERO; y

 

Que, cumplidos los trámites mencionados corresponde dictar la resolución que llame a concurso para cubrir los cargos vacantes y arbitrar los medios necesarios para su publicación, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley Nº 9.996 y el artículo 35 del RGCP;

 

 

 

Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Llamar a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinados a cubrir: UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Gualeguay que se identificará con el Nº 154; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Chajarí que se identificará con el Nº 155; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Feliciano que se identificará con el Nº 156; TRES (3) cargo de Juez para los Juzgados de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Paraná que se identificará con el Nº 157; Jurado Titular: Rodolfo JAUREGUI - Jorgelina GUILLISASTI – Francisco MAGIN FERRER, Jurado Suplente: Claudia SALOMON – Sonia RONDONI – María GALLI.

 

ARTICULO 2º: Llamar a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinados a cubrir: UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Rosario del Tala que se identificará con el Nº 158, UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Federal que se identificará con el Nº 159; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de La Paz que se identificará con el Nº 160; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Villaguay que se identificará con el Nº 161; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Nogoyá que se identificará con el Nº 162, Jurado Titular: Alicia OLALLA - Andrea SAXER - Javier ROSENBROCK LAMBOIS, Jurado Suplente: María ESTEVEZ DE BADARÓ - Susana REARDEN – Carlos ROLANDO.

 

ARTICULO 2ºFijar los siguientes períodos de inscripción: para los Concursos Nº154 al Nº 157 desde el 20 de Abril al 11 de Mayo de 2.015 inclusive; para los Concursos Nº 158 al Nº 162 desde el 27 de Abril al 18 de Mayo de 2.015 inclusive, en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12. La inscripción únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable. Además, en la Secretaría General, podrá obtenerse copia del Reglamento General y de Concursos Públicos, como toda otra documentación importante para el concurso, lo que también estará disponible en la página de internet del Consejo.

 

ARTICULO 3º: Hacer saber que en el caso que se produzcan nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo - entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias.

 

ARTICULO 4º: Publicar la convocatoria por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página  web  del  Consejo y del  FOFECMA y mediante carteles  fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

 

ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese y archívese. 

Fecha de Publicación: 
 
 
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