ACTA N° 42 (Concurso N° 149 examen oral) |
ACTA Nº 42 En la ciudad de Paraná, a los Siete días del mes de Noviembre de Dos mil Catorce, a las diez horas, en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, sita en calle Córdoba N° 221 de la ciudad de Paraná, se constituye el Jurado Técnico del Concurso Público Nº 149 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Penal de Menores de la Ciudad de Paraná, a saber: Dra. Marcela DAVITE de ACUÑA; Dr. Darío CARRAZA y Dr. Roberto LOPEZ ARANGO, asistidos por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), Doctor Gustavo Oscar CASTIGLIONI, a fin de realizar el examen oral correspondiente a la etapa de oposición, en cumplimiento con lo establecido por los artículos 17 de la Ley N°. 9.996 y 72 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP). Asisten a ésta instancia los siguientes postulantes, a saber: BARBIROTTO, Pablo Alejandro y TERRENO, Sandra del Milagro. Reunidos los presentes, se explicitan por parte de los Jurados algunas pautas a observar a fin de un adecuado desarrollo de las evaluaciones y seguidamente se da inicio a las mismas disponiéndose el ingreso de los postulantes en forma individual y por orden alfabético. Los exámenes se desarrollan con base a los parámetros dispuestos en el RGCP y al temario que les fue comunicado por el Secretario General en ocasión del examen escrito llevado a cabo el pasado día cinco del corriente mes y año y en definitiva, a que constituyan una evaluación técnica integral del concursante, que brinde elementos de juicio respecto de sus conocimientos técnicos profesionales como así también el grado de actualización respecto del estado de la doctrina y jurisprudencia en los temas abordados y la opinión personal y fundada sobre cada tema considerado. Finalmente, oídos que fueron los postulantes, el Jurados se retiró a deliberar sobre lo acontecido en esta etapa, a los fines de evaluar y calificar el desempeño de los postulantes con hasta diez (10) puntos, tal como lo establece la normativa aplicable. No siendo para más se da por finalizado este acto y en prueba de conformidad es firmado al pie por los presentes. |
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