RESOLUCIÓN N° 1363 C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                                   PARANÁ,    25 JUN 2024 

 

           

VISTO:

 

                        El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº245 destinado a cubrir UN (1) cargo de Fiscal Auxiliar (N°1) de la ciudad de San Salvador; y

 

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, según lo establece el artículo 180° de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura (CMER), proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;

 

                        Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Personales del concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo de Fiscal Auxiliar de la ciudad de San Salvador;

 

                        Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de la Resolución N°269/21 PCMER y las Resoluciones del CMER: N°1065/19; 1209/22; 1256/23; 1260/23; 1324/24 como asimismo, de las Actas N°07/22 a 11/22; N°31/22; N°16/24 a 18/24; N°21/24 a 24/24; N°26/24; N°27/24 y del Dictamen emitido por el cuerpo de Jurados Técnicos;

 

                        Que, de acuerdo a los artículos 29° de la Ley Nº11.003 y 94° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (RGCMER), se procedió a conformar la terna, la que a los fines de la presente, se conforma por los siguientes postulantes: Darío Guillermo MAUTONE, Eduardo SANTO y Jesús David Alexis PENAYO AMAYA;

 

Que, asimismo, según lo establece el artículo 100° del RGCMER, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER, incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar ternas de otros concursos en trámite, corresponde agregar, además, una lista complementaria, compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación;

 

Que, en el caso concreto del referido Concurso, los postulantes ternados, se hallan propuestos para integrar ternas y/o listas complementarias de otros concursos en trámite. Consecuentemente, corresponde incluir una lista adicional, la que se encuentra conformada por los siguientes concursantes: Emilce Paola REYNOSO, Juan Pablo DE GIAMBATTISTA,  María Dalia VERDURA PONS,  María Florencia ACUÑA,  Juan Manuel, PEREYRA, María Macarena MONDRAGON PAFUNDI, Ileana VIVIANI, Facundo Juan FAVOTTI, Micaela María DI PRETORO, Evelina Vanesa ESPINOSA, Andrés María MESSINA, Natalia Denise BARTOLO y Leonardo Augusto SCHONFELD;

 

Que, no obstante lo ordenado en el artículo 8° del Decreto N°3470/22 MGJ, reglamentario de la ley N°11.003, respecto de la paridad de género, en la medida en que la lista complementaria confeccionada en el párrafo precedente, incluye todas las postulantes mujeres que cumplen con las condiciones establecidas en el artículo 29° de la referida ley, se da por cumplimentado lo allí ordenado, sin necesidad de requerir la elaboración de otra lista complementaria, tal como se exige en el mencionado decreto reglamentario;

 

Que, por otra parte, de conformidad con los artículos antes citados, se hace saber al Poder Ejecutivo que corresponderá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado, y completarlas con los concursantes incluidos en las listas complementarias;

 

Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGCMER, certifica la presente la Consejera Verónica SAMEK;

 

                        Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº11.003 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;

 

 

                        Por ello,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Elevar al Señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº245 destinado a cubrir UN (1) cargo de Fiscal Auxiliar (N°1) de la ciudad de San Salvador, conformada por los siguientes postulantes: Darío Guillermo MAUTONE, Eduardo SANTO y Jesús David Alexis PENAYO AMAYA.-

 

ARTÍCULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100° del RGCMER, conformada por los siguientes concursantes: Emilce Paola REYNOSO, Juan Pablo DE GIAMBATTISTA,  María Dalia VERDURA PONS,  María Florencia ACUÑA,  Juan Manuel, PEREYRA, María Macarena MONDRAGON PAFUNDI, Ileana VIVIANI, Facundo Juan FAVOTTI, Micaela María DI PRETORO, Evelina Vanesa ESPINOSA, Andrés María MESSINA, Natalia Denise BARTOLO y Leonardo Augusto SCHONFELD.-

 

ARTÍCULO 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.

                                                                                           

ARTÍCULO 4º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Fecha de Publicación: 10-07-2024
 
 
Volver
Dirección General de Informática - www.entrerios.gov.ar/dgin - 2019