ACTA N° 8 Sesión (15/04/14)

 

ACTA Nº 8

 

En la ciudad de Paraná, a los quince días del mes de abril de dos mil catorce, a las nueve y treinta horas, en la sede del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), sito en calle Alameda de la Federación N° 471, se hacen presentes el Dr. Rubén María VIRUÉ, en su carácter de Secretario de Justicia de la Provincia de Entre Ríos y los Consejeros miembros titulares del CMER, a saber: Myriam Stella GALIZZI; Juan José PESSOLANI; Juana María del Pilar TOLLER; Silvina María CALVEYRA; Ricardo Carlos María ALVAREZ; Miguel Augusto CARLÍN; y la Consejera Suplente: Mabel PEDRERO; junto al Secretario General Dr. Gustavo CASTIGLIONI, a los fines de reunirse en sesión ordinaria convocada oportunamente y tratar el siguiente orden del día, a saber: 1º) Lectura y aprobación del actas de sesión anterior; 2º) Asuntos entrados: - Comunicación CAER nuevos Consejeros Titulares y Suplentes proclamados; 3º) Consideración del estado del trámite del Concurso Nº 126 (Cámara de Apelaciones del Trabajo de Paraná, Salas I y II) posibilidad de resolver impugnaciones presentadas; 4º) Estado de los concursos en trámite. Impugnaciones presentadas Concursos Nºs.: 127; 128; 131; 134 y 135. Entrevistas proyectadas; 5º) Designación de Consejero por Art. 7º RGCP. Por el punto 1°) se da lectura del acta de la sesión anterior, la que se aprueba sin observaciones en forma unánime y se firma por todos sus asistentes. Punto 2º) se toma razón de los Consejeros proclamados por el Colegio de Abogados de Entre Ríos, para el período 2014/2016, a saber: Titulares: Dra. Myriam Stella GALIZZI y Dr.  Antonio Eduardo MAINEZ; Suplentes: Dr. Hugo Augusto BACIGALUPO y Dr. Gustavo RIVAS. Punto 3º) se considera la situación originada a partir del Recurso de Apelación Jerárquica presentado por la Dra. SPREAFICO y su posterior desistimiento, así como el Decreto Nº 328/14 GOB que resuelve rechazar el recurso presentado, ante ello luego de un breve intercambio el Pleno, con la abstención de la Consejera CALVEYRA, decide acatar lo resuelto por el Poder Ejecutivo y admitir la inscripción definitiva de la Dra. BOGADO IBARRA, sin perjuicio de que los Consejeros: TOLLER; GALIZZI; PESSOLANI y CARLÍN dejan a salvo su opinión en forma coincidente y concordante sobre la cuestión debatida, manifestando: a) En primer lugar, porque la Ley Orgánica del Poder Judicial (Decreto-Ley 6902/82, ratificado por Ley 7504) determina en su art. 16 un plexo de incompatibilidades para el ingreso al Poder Judicial, algunas no previstas en la norma constitucional. Además, el art. 24 del mismo ordenamiento impone el requisito de “dos años de residencia inmediata en la Provincia a quienes no han nacido en ella”, para ingresar como magistrado o funcionario letrado. Estas reglas no han sido desafiadas en su constitucionalidad y han sido respetadas siempre; b) Porque hace alrededor de 25 años habiéndose designado como juez de paz de la ciudad de Crespo a una persona que no reunía todos los requisitos del art. 77 de dicha Ley Orgánica, el Superior Tribunal de Justicia se negó a tomarle juramento y ponerle en posesión del cargo, devolviendo el decreto de nombramiento al Poder Ejecutivo. Ante la insistencia de éste con un argumento similar al del Decreto Nº 328/14, de no tratarse de recaudos impuestos por la Constitución Provincial, mantuvo el Alto Tribunal su negativa a aceptar el nombramiento, argumentando la  existencia de una norma reglamentaria que juzgó válida; c) Además, porque no se ha atacado  por ningún interesado la constitucionalidad de la norma del art. 27 aludido ante los tribunales competentes, para obtener su descalificación. Seguidamente, se consideran las impugnaciones y reconsideraciones contra la calificación de las oposiciones (escrita y oral) y las calificaciones de antecedentes, respectivamente, presentadas en el Concurso Nº 126 por los Dres. Nanci Adriana BAUTISTA; Guillermo Fernando BONABOTTA; Guillermo Leopoldo FEDERIK; Carlos María FENES; Abel Efraín LIPSCHITZ; Emilio Luján MATORRAS; Viviana Edith MURAWNIK; Gerardo José ORMAECHEA; Gladys Beatriz PINTO; Laura Mariana SOAGE y Sonia Gabriela SPREAFICO; el Pleno se avoca al análisis y consideración de cada una de ellas y concluye que no se configuran los vicios y/o errores denunciados por los impugnantes, ni en carácter ni la magnitud requeridas para su procedencia, por lo que se desestiman por unanimidad los planteos deducidos, manteniéndose las calificaciones oportunamente asignadas tanto para la Calificación de Antecedentes como la consignadas en el Dictamen del Jurado Técnico interviniente. Respecto de la impugnación del Dr. BONABOTTA, se advierte un error material emergente a simple vista de la comparación entre lo efectivamente consignado por el postulante en su examen y la evaluación que realizó el Jurado por lo que se hace lugar al reproche que se formula y para el caso el Consejo conforme facultades que le son propias, en forma unánime decide adicionar dos (2) puntos a la calificación asignada originalmente al Dr. BONABOTTA. Para el punto 4º) se distribuye entre los Consejeros presentes diversos cuadros que consignan los concursos en trámite, asimismo se suministra por Secretaría información que amplía y aclara los datos consignados en aquéllos. Advirtiéndose las vacantes de dos cargos de Vocal en la Cámara Penal de la ciudad de Concordia y en tanto se encuentra aún en trámite el Concurso Nº 127 destinado a cubrir un cargo de Vocal para el mencionado Tribunal, el Consejo resuelve unánimemente acumular las vacantes existentes al Concurso en trámite. Fuera del orden del día se incluye sin objeciones, la propuesta de ampliar la duración de las pruebas escritas en dos (2) horas adicionales a las cinco (5) actualmente vigente, y cuya aplicación se deberá observar desde la próxima prueba escrita que se realice, a partir de la fecha de la presente, puesto a consideración y luego de un breve intercambio se aprueba por unanimidad. Punto 5º) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 7 del RGCP se designa a la Consejera GALIZZI. Agotado el orden del día sin otro tema a tratar se da por terminada y se levanta la sesión a las trece horas.

 

 

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