RESOLUCIÓN N° 1339 C.M.E.R. |
PARANÁ, 7 MAR 2024
VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº252 destinado a cubrir TRES (3) cargos de Juez de Garantías para los Juzgados N°1, N°3 y N°4 de la ciudad de Concordia; y
CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura (CMER), proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;
Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Personales del concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para los cargos de Juez de la ciudad de Concordia;
Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de las Resoluciones 270/21 PCMER, y las Resoluciones del CMER: 1120/20; 1221/22; 1281/23; 1283/23; 1284/23; 1287/23; como asimismo, de las Actas N°21/22 y N°22/22; N°39/22; N°03/24 a N°07/24 y del Dictamen emitido por el cuerpo de Jurados Técnicos;
Que, de acuerdo a los artículos 29° de la Ley Nº11.003 y 94° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (RGCMER), se procedió a conformar la terna, la que a los fines de la presente, se conforma por los siguientes postulantes: Francisco Rafael LEDESMA, Jesús David Alexis PENAYO AMAYA y Mauricio Javier GUERRERO;
Que, de acuerdo con los artículos 30° de la Ley Nº11.003 y 99° del RGCMER, en caso de tramitarse una convocatoria múltiple, cuando exista más de una vacante para la misma función, sede y especialidad, se elevará una lista complementaria, integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales, con el objeto de integrar las ternas sucesivas, por lo que la misma se integra con los siguientes profesionales: Mario Andrés FIGUEROA y Facundo Javier BARBOSA;
Que, asimismo, según lo establece el artículo 100° del RGCMER, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER, incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar ternas de otros concursos en trámite, corresponde agregar, además, una lista complementaria, compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación;
Que, en el caso concreto del referido Concurso, tanto uno de los postulantes ternados, como otros que se encuentran en listas complementarias, se hallan propuestos para integrar ternas y/o listas complementarias de otros concursos en trámite. Consecuentemente, corresponde incluir una lista adicional, la que se encuentra conformada por los siguientes concursantes: José Martín NUÑEZ, María Gabriela SERÓ, Julián Carlos VERGARA, Juan Ignacio LAZZANEO, Darío Guillermo MAUTONE, María Macarena MONDRAGÓN PAFUNDI, Carlos Andrés PELLICHERO, Dana Salomé BARBIERO, Daniel Gustavo PESSARINI;
Que, por otra parte, de conformidad con los artículos antes citados, se hace saber al Poder Ejecutivo que corresponderá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado, y completarlas con los concursantes incluidos en las listas complementarias;
Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGCMER, certifica la presente el Consejero Álvaro Gastón PIEROLA;
Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº11.003 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS RESUELVE:
ARTICULO 1º: Elevar al Señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº252 destinado a cubrir TRES (3) cargos de Juez de Garantías para los Juzgados N°1, N°3 y N°4 de la ciudad de Concordia, conformada por los siguientes postulantes: Francisco Rafael LEDESMA, Jesús David Alexis PENAYO AMAYA y Mauricio Javier GUERRERO.
ARTICULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por los artículos 30° de la Ley 11.003 y 99° del RGCMER, conformada por los siguientes aspirantes: Mario Andrés FIGUEROA y Facundo Javier BARBOSA.
ARTICULO 3º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100° del RGCMER, conformada por los siguientes concursantes: José Martín NUÑEZ, María Gabriela SERÓ, Julián Carlos VERGARA, Juan Ignacio LAZZANEO, Darío Guillermo MAUTONE, María Macarena MONDRAGÓN PAFUNDI, Carlos Andrés PELLICHERO, Dana Salomé BARBIERO y Daniel Gustavo PESSARINI.
ARTICULO 4º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.
ARTICULO 5º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese y archívese.
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Fecha de Publicación: 21-03-2024 |