ACTA N° 34 ( Sesión 14.11.23) |
ACTA Nº34 SESION ORDINARIA
En la ciudad de Concordia, a CATORCE días del mes de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTITRES, a las Diez horas (10:00), en el Colegio de la Abogacía – Seccional Concordia, sito en calle Hipólito Yrigoyen N°629, Mariano Lino CHURRUARIN en su carácter de Presidente del Consejo de la Magistratura y los Consejeros Álvaro PIEROLA; María del Lujan GIORGIO; Andrea Belén SAXER, Analia MATAS, Verónica SAMEK; María Elena LUCHESI; Yamil Amad BECHIR.- Por su parte el Consejero Alberto Joaquín SAMPAYO participa en forma virtual, todos asistidos por el Secretario General, Dr. Hernán JORGE, se reúnen en sesión ordinaria, previamente convocada, a fin de tratar el siguiente orden del día oportunamente comunicado: 1) Estado de Concursos en Trámite.- 2) Análisis de cargos vacantes.- 3) Asuntos entrados por Secretaría.- 4) Tratamiento del proyecto de evaluación Psicotécnica presentado por la Consejera LUCHESI.- 5) Tratamiento del proyecto de temario para concurso de Procurador adjunto con competencia en Género, Civil, Comercial y Laboral (Conc. 289) presentado por el Sr. Presidente.- 6) Proyecto de reglamentación para la grabación de las Sesiones presentado por el Consejero FILIPUZZI.- 7) Descaro presentado por el Dr. Julio M. HERRERA en el marco de los Concursos N°276 - 277.- 8) Designación de Consejero/a por Art. 7º RGCP.- Así se da comienzo a su tratamiento: 1) Respecto de: a) los Concursos N°229 y 230, se han enviado al Poder Ejecutivo los pliegos solicitados.- b) los Concursos N°232 a 245, se ha hecho lugar a DOS (2) de los OCHO (8) recursos de revisión judicial directa previstos en el Artículo 26 de la Ley N°11.003.- c) Los concursos N°252 a 256 se aguarda la resolución de los TRES (3) recursos de revisión judicial directa previstos en el Artículo 26 de la Ley N°11.003.- d) En el marco de los Concursos N°257 a 259, en fecha 03.10.2023 el STJ informó sobre la interposición de CUATRO (4) recursos de revisión judicial directa previstos en el Artículo 26 de la Ley N°11.003, planteados por los Dres. BAUTISTA, GIANELLO, MASARA y PACE, solicitando por oficio la remisión de la documentación correspondiente, lo que se efectivizó en fecha 06.10.2023, habiéndose informado a los demás concursantes, en fecha 03.10.2023, sobre la existencia de los referidos recursos para su conocimiento.- e) En el marco del concurso N°260, se ha tomado conocimiento de que el Dr. GIORGIO ha desistido del recurso de revisión judicial directa previstos en el Artículo 26 de la Ley N°11.003, lo cual fue admitido por el STJ, mientras que el Dr. ARIAS ha comunicado a éste organismo la interposición de un Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia dictada en el marco de su recurso de revisión judicial.- f) Concursos N°262 a 265 en fecha 04.09.2023 se llevó a cabo la instancia de oposición encontrándose los exámenes en poder del jurado técnico para su corrección.- g) Concursos N°276 a 277, la instancia de oposición se llevó a cabo en fecha 06.09.2023, habiendo solicitado el Jurado una prórroga para la entrega del dictamen.- h) Concursos N°266 a N°270, el 10.10.2023 se llevó a cabo la instancia de oposición encontrándose los exámenes en poder del jurado técnico para su corrección.- i) Los Concursos N°271, N°273 a 275 aún no cuentan con el Banco de Casos.- j) Los Concursos N°278 a 281 Se han publicado los listados de inscriptos, habiendo vencido los plazos para efectuar recusaciones o excusaciones, aún no se cuenta con banco de casos.- k) En relación a los Concursos N°282 a 284 habiéndose realizado un nuevo sorteo de Jurados en representación del estamento de la Magistratura, se ha dictado la resolución de inscriptos cuya publicación en los diarios se aguarda a fin de que comiencen a correr los plazos correspondientes para interponer eventuales recusaciones o excusaciones.- Asimismo se deja asentado que se está a la espera de la conformación del banco de casos.- l) Concursos N°285, N°286 a 287, y N°288, se dictó sentencia haciendo lugar al Amparo interpuesto por el Dr. ARIAS, contra las Resoluciones N°1311 y N°1312, la que posteriormente fue revocada por el STJ.- M) En fecha 18.10.2023 finalizó el plazo de inscripción para los Concursos N°289 a 291.- Se están analizando las mismas a fin de proceder al dictado de las resoluciones de inscriptos correspondientes.- 2) Se presenta un informe de cargos vacantes y se mantiene un dialogo respecto a las prioridades tendientes a definir una agenda de llamados.- 3) El Secretario General da cuenta del ingreso de: a) descargos presentados en tiempo y forma por las Consejeras Analía D. MATAS y Verónica SAMEK tras haberse recibido un planteo de recusación contra ambas por parte del Dr. José Emiliano ARIAS, del que se les corrió traslado oportunamente.- A fin de que el Pleno pueda dar tratamiento al tema, se retiran las Consejeras MATAS Y SAMEK.- Y continúan diciendo los presentes que en virtud de las respuestas brindadas no corresponde hacer lugar a la Recusación Planteada por el Dr. José Emiliano ARIAS por cuanto no se puede acreditar sus dichos con un proyecto de Acta que no se encuentra suscripto por ninguna de las Consejeras recusadas, por lo que se resuelve en forma unánime rechazar la recusación planteada.- Vuelven a ingresar las consejeras MATAS y SAMEK, y el Secretario General continúa informando los asuntos entrados b) Sentencias haciendo lugar a los Recursos de Revisión Judicial Directa interpuesto por los Dres. BAIGORRIA, Ma. Florencia y PEREYRA, Juan Manuel, en el marco de los Concursos N°232 a 245.- El Consejero PIEROLA se retira.- Se informa el sentido de las decisiones judiciales, en el caso de la sentencia de BAIGORRIA se resuelve por unanimidad, poner en conocimiento del contenido de la misma al jurado técnico interviniente para que efectúe el informe ampliatorio.- y en el caso de la sentencia del Dr. PEREYRA, se resuelve por unanimidad dictar la resolución correspondiente que modifique la calificación del postulante a fin de dar cumplimiento a la resolución judicial.- El Consejero PIEROLA vuelve a la sesión.- c) expediente N°2.947.151 por el cual se pone en conocimiento al CMER del dictado de la Sentencia del STJ mediante la cual revoca la Sentencia dictada en el Recurso de Amparo interpuesto por el Dr. ARIAS contra las Resoluciones N°1311 y N°1312 CMER.- Se toma razón, debiendo aguardarse que la misma quede firme.- d) Nota remitida presentada por el Dr. Andrés Beltrán HERBON mediante la cual informa que hubo un error en su solicitud de inscripción, habiendo consignado el Concurso N°287 en lugar de N°288.- Se considera que la presentación efectuada debe ser rechazada por extemporánea, atento que el período de inscripción finalizó en fecha 27.03.2023.- 4) Se procede al análisis del proyecto de evaluación psicotécnica presentado por la Consejera LUCHESI.- En relación al informe, manifiesta el Presidente que mantuvo reuniones con la Secretaría de Salud a los fines de evaluar la implementación a través de diversas áreas. Por otra parte, y en razón del inminente cambio de gestión y de la eventual modificación del organigrama del Estado, es que el Consejero BECHIR entiende que sería prudente aguardar hasta tanto se resuelvan tales cuestiones, la implementación del mismo, lo que fue acordado por todos los Consejeros.- 5) El tratamiento al proyecto de temario para concurso de Procurador adjunto con competencia en Género, Civil, Comercial y Laboral (Conc. 289) se posterga para la próxima Sesión.- 6) En cuanto al tratamiento del proyecto de reglamentación presentado por el Consejero FILIPUZZI para la grabación de sesiones, se debate si la finalidad del mismo sería para tener un respaldo de la fidelidad de lo actuado en Sesión o para profundizar la transparencia. El Consejero PIEROLA opina que no hay mejor transparencia que rubricar y publicar el acta correspondiente inmediatamente después de finalizada la Sesión.- No obstante ello y atento a la necesidad de reforma integral del RGCP, se resuelve que este tema se incluya como uno de los puntos de reforma.- 7) Descargo presentado por el Dr. Julio Martín HERRERA, por la situación ocurrida durante el desarrollo de la prueba de oposición de los Concursos N°276 y 277.- Habiéndose recibido el descargo del Dr. HERRERA por el cual indica que el Artículo 65 prohíbe el uso del teléfono celular, asegurando que si bien el mismo quedó en su poder por un descuido involuntario, éste no ha sido efectivamente utilizado.- Consecuentemente, no habiéndose acreditado fehacientemente la utilización de tal dispositivo, es que el pleno entiende por unanimidad que no corresponde la aplicación de la sanción prevista en la norma referida, lo cual deberá ser comunicado al Dr. HERRERA mediante el envío de una copia de la presente junto con el recordatorio del especial cuidado que debe tener con los dispositivos tecnológicos durante la prueba de oposición.- 8) Se designa al Consejero Álvaro PIEROLA, a los fines de la certificación del Artículo 7° del RGCP.- De esta manera, y no siendo para más, se levanta la sesión siendo las Trece Treinta (13.30) horas.-
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Fecha de Publicación: 05-12-2023 |