RESOLUCIÓN N° 309 P.C.M.E.R.
 

PARANA, 31 de mayo de 2023 

                                       

 

VISTO: 

 

Las renuncias presentadas por los Doctores Alfredo Alejandro VITALE y Sebastián AMADEO; y

           

CONSIDERANDO:

            

Que, el Doctor Alfredo Alejandro VITALE, por cuestiones personales, se excusó de participar como Jurado Técnico en representación de los “ABOGADOS”, del Concurso Públicos N°271, para el que resultó sorteado;

 

Que, por su parte el Doctor Sebastián AMADEO, por cuestiones laborales, se excusó de participar como Jurado Técnico en representación de los “ACADEMICOS”, del Concurso Públicos N°271, para el que resultó sorteado;

 

Que, corresponde aceptar ambas renuncias y convocar a los respectivo Jurados Suplentes, en el caso los Doctores Guillermo Jorge STRASSER (ABOGADOS) y Marco Antonio TERRAGNI (ACADEMICO), conforme Resolución Nº291 PCMER, de fecha 23.12.22; y

 

Que, convocados que fueron los Jurados Suplentes, y aceptados que fueron los cargos por ellos, corresponde publicar el cambio de Jurado, a los fines previstos en el artículo 55  RGCP;

 

Que de conformidad al Artículo 9º del R.G.C.P. es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura dictar la presente;

 

 

Por ello;

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

 

ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia del Doctor Alfredo Alejandro VITALE para participar como Jurado técnico en representación del estamento de los “ABOGADOS” en el Concurso Público Nº271.-

 

ARTICULO 2ºIntegrar el Jurado Técnico con el Doctor Guillermo Jorge STRASSER, en su reemplazo.-

 

ARTÍCULO 3º: Aceptar la renuncia del Doctor Sebastián AMADEO para participar como Jurado técnico en representación del estamento de los “ACADEMICOS” en el Concurso Público Nº271.-

 

ARTICULO 4ºIntegrar el Jurado Técnico con el Doctor Marco Antonio TERRAGNI, en su reemplazo.-

 

ARTICULO 5º: Disponer la publicación de la presente, a los fines previstos en el artículo 55  RGCP.-

 

ARTICULO 6º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese y archívese

Fecha de Publicación: 07-06-2023
 
 
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