Resolución N° 100 S.G.C.M.E.R.
 

 

                                                                              PARANA, 19 de Junio de 2014

 

VISTO:

 

La Resolución Nº 581 CMER, y;

  

CONSIDERANDO:

 

Que, por Resolución Nº 581 del 20.03.14, se aprobó la calificación de los antecedentes de los postulantes inscriptos al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 128 destinado a cubrir Un (1) cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones – Sala Penal- de la Ciudad de Concepción del Uruguay; y

 

Que, se ha advertido un error material e involuntario en un puntaje parcial otorgado al Dr. MARTINEZ, Mariano Sebastián, por cuanto para el rubro Antecedentes Académicos, el pleno del CMER en sesión ordinaria de fecha 20.03.14 había resuelto otorgarle 7 puntos y no 6,70 como allí se consignó; y

 

Que, no obstante el mencionado error, el puntaje total de 23,30  expresado es correcto; y

 

Que, el Recurso de Aclaratoria se condice adecuadamente con los principios y normas que definen e informan los procedimientos que debe observar la Administración como los particulares frente a ella, más aún la utilidad que comporta para la gestión administrativa, en función de que permite enmendar, aclarar o suplir los errores materiales que se pueden producir al emitir la voluntad administrativa

 

Que, por lo expuesto corresponde subsanar el error material en que se incurrió respecto de la calificación de antecedentes del Dr. MARTINEZ, la que deberá leerse como sigue: Antigüedad  13,50 puntos; por Especialidad  2,80 puntos; por Antecedentes Académicos  7 puntos. TOTAL: 23,30 puntos; y

 

Que,  es  facultad  del Secretario General del CMER dictar  la  presente resolución, conforme lo establece el artículo 21 del Reglamento General y de Concursos Públicos;

 

 

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Subsánese, el error material en que se incurrió respecto de la calificación de antecedentes del Dr. MARTINEZ, la que deberá leerse como sigue: Antigüedad  13,50 puntos; por Especialidad  2,80 puntos; por Antecedentes Académicos  7 puntos. TOTAL: 23,30 puntos.

 

ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese y archívese. 

 

 

Fecha de Publicación: 
 
 
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