RESOLUCIÓN N° 145 S.G.C.M.E.R. |
PARANÁ, 06 de julio de 2022
VISTO:
El correo electrónico enviado por el Doctor Marcelo José ARNOLFI en fecha 1° de Julio de 2.022; y
CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado correo, el Doctor Marcelo José ARNOLFI, (Legajo N°291) ratifica lo manifestado al momento de efectuarse las entrevistas personales y renuncia a su participación en los Concursos Públicos Nº249 y 250, destinados a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial –Sala I- y TRES (3) cargos de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial –Sala II- de la ciudad de Paraná, DOS (2) cargos de Vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Sala I- y UN (1) cargo de Vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Sala II- de la ciudad de Concordia, respectivamente;
Que, consecuentemente, corresponde aceptar formalmente la renuncia del Doctor Marcelo José ARNOLFI y en consecuencia excluirlo de los Concursos Nº 249 y 250, manteniéndolo inscripta al Concurso N°251;
Que es facultad del Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos dictar la presente conforme al artículo 13 de la Ley Nº 9.996 y al artículo 21 del Reglamento General y de Concursos Públicos;
Por ello;
EL SECRETARIO GENERAL DELCONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOSRESUELVE:
Artículo 1º: Aceptar formalmente la renuncia del Doctor Marcelo José ARNOLFI (Legajo N°291) y en consecuencia excluirlo de los Concursos Nº249 y 250, manteniéndolo inscripto en el Concurso N°251.
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese y archívese |
Fecha de Publicación: 08-07-2022 |