RESOLUCIÓN N° 145 S.G.C.M.E.R.
 

                                                                                                                                        PARANÁ,  06 de julio de 2022

 

 

            VISTO:

 

                        El correo electrónico enviado por el Doctor Marcelo José ARNOLFI en fecha 1° de Julio de 2.022; y

 

 

            CONSIDERANDO: 

 

                        Que, por el mencionado correo, el Doctor Marcelo José ARNOLFI, (Legajo N°291) ratifica lo manifestado al momento de efectuarse las entrevistas personales y renuncia a su participación en los Concursos Públicos Nº249 y 250, destinados a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial –Sala I-  y TRES  (3) cargos de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial –Sala II- de la ciudad de Paraná, DOS (2) cargos de Vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Sala I- y UN (1) cargo de Vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Sala II- de la ciudad de Concordia, respectivamente;

 

Que, consecuentemente, corresponde aceptar formalmente la renuncia del Doctor Marcelo José ARNOLFI y en consecuencia excluirlo de los Concursos Nº 249 y 250, manteniéndolo inscripta al Concurso N°251;

 

Que es facultad del Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos dictar la presente conforme al artículo 13 de la Ley Nº 9.996 y al artículo 21 del Reglamento General y de Concursos Públicos;

                       

 

Por ello;

 

EL  SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aceptar formalmente la renuncia del Doctor Marcelo José ARNOLFI (Legajo N°291) y en consecuencia excluirlo de los Concursos Nº249 y 250, manteniéndolo inscripto en el Concurso N°251.

 

Artículo 2º: Comuníquese, publíquese y archívese

Fecha de Publicación: 08-07-2022
 
 
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