RESOLUCIÓN N° 277 P.C.M.E.R.
 

       PARANÁ, 04 de Abril de 2022

           

           

 

     VISTO:                       

 

La finalización del período de inscripción a los Concursos Públicos N°257, 258 y 259, convocados mediante Resolución N° 1143/21 CMER; y

 

CONSIDERANDO: 

 

 

Que, en fecha 06.09.2021, finalizó el período de inscripción a los siguientes Concursos Públicos; a saber: Nº257 UN (1) cargo de Juez del Trabajo N°4 de la ciudad de Concordia; N°258 UN (1) cargo de Juez del Trabajo la ciudad de Colón; N°259 UN (1) cargo de Juez del Trabajo de la ciudad de Paraná;

 

Que, conforme a los artículos 47 y 48 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), se rechazarán las solicitudes de inscripción de los postulantes que pese a haber sido emplazados, no hubieran cumplimentado los requisitos fijados por la Constitución Provincial, las leyes N° 6.902, 9.544 y 9.996 y el RGCP;

 

Que el artículo 17 bis de la Ley N° 9.996 establece el pago de un arancel al momento de la inscripción a cada Concurso Público organizado por este Consejo de la Magistratura;

 

Que, en el caso de la Dra. Silvina Alejandra RAFFO corresponde el rechazo de su solicitud de inscripción a los Concursos N°256, 257 y 258, en tanto no acreditó su aptitud psicofísica, mediante la presentación del certificado médico previsto en el artículo 61 del Reglamento General (RGCP), pese a haber sido intimada a ello al momento de su inscripción, como así tampoco efectivizó el pago del arancel previsto;

 

Que, el artículo 50 del RGCP establece que, verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción, se elaborará y publicará el listado de los postulantes que fueren formalmente admitidos y de quienes lo sean en carácter condicional. Asimismo se hará saber, el lugar donde se podrán recibir las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos, fecha y hora hasta la cual podrán plantearse las mismas;

 

Que, conforme el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de CINCO (5) días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión al concurso de aquellos aspirantes que a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP;

 

Que, en virtud del artículo 52 del RGCP, las impugnaciones deberán presentarse por escrito en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, del acto administrativo que le otorga personería jurídica o ley de creación y fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma. Además, se detallarán los datos de la persona observada, los fundamentos y la prueba en que se sustenta, indicación en tal caso, el lugar preciso donde puede hallarse;

 

Que, es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, dictar la presente conforme a los artículos 47 y 50 del RGCP;

 

Por ello;

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N°257: Mariela Soledad AGUERREVENGOA, Nanci Adriana BAUTISTA, Alexis Ezequiel BEADE, Alfredo Juan Manuel BRITOS, Diego Luis ESTEVES, Pablo Nicolás GABIOUD, Ricardo Agustín LAROCCA, Marcelo Javier MARCHESI, Roberto Elvio MASARA, Iriel Esperanza MUNITZ, María Josefina PACE, Mariano Martín SALOMÓN y Ruth Elizabeth ZIEGLER.

 

Artículo 2°: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N°258: Mariela Soledad AGUERREVENGOA, Nanci Adriana BAUTISTA, Alexis Ezequiel BEADE, Alfredo Juan Manuel BRITOS, Agustín DELLAZUANA, Pablo Nicolás GABIOUD, Sebastián Manuel GIANELLO, Marcelo Javier MARCHESI, Roberto Elvio MASARA, Hugo Néstor OTERO, Mariano Martín SALOMÓN, Luciano Ulises RUHL y Ruth Elizabeth ZIEGLER.

 

Artículo 3°: Admítanse las  solicitudes  de  inscripción de los postulantes al Concurso N°259: Mariela Soledad AGUERREVENGOA, Adrián Esteban BARSANTI, Nanci Adriana BAUTISTA, Alexis Ezequiel BEADE, Hernán Marcelo BORGETTO, Alfredo Juan Manuel BRITOS, Carina Graciela DENIS, Gabriela Velia GAITÁN, Julio Martín HERRERA, Marcelo Javier MARCHESI, Roberto Elvio MASARA, María Josefina PACE, Carmen PREVEDEL, Diego RODRÍGUEZ, Mariano Martín SALOMÓN, Adriana Cristina TISTA, Octavio Valentín VERGARA, Jorge Andrés YURI y Ruth Elizabeth ZIEGLER.

 

Artículo 4º: Rechácese la solicitud de inscripción presentada por la Dra. Silvina Alejandra RAFFO a los Concursos N° 257, 258 y 259, por no haber acreditado el pago del arancel, ni acompañado certificado médico que acredite su aptitud psicofísica, conforme considerandos precedentes.

 

Artículo 5°: Hágase saber que las impugnaciones previstas en el artículo 51 del RGCP, se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº471de la ciudad de Paraná, de lunes a viernes de 8 a 12 hs. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.

 

Artículo 6°: Publíquense los listados de inscriptos a concurso, por UN (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada.

 

Artículo 7°: Publíquense los listados de inscriptos a concurso, en las páginas web del “Consejo de la Magistratura de Entre Ríos” y del “Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la República Argentina” (FOFECMA); como así también mediante cartelería fijada en los edificios donde funcionen tribunales judiciales, universidades de la región, Colegio de la Abogacía y Asociación de la Magistratura y la Función Judicial a cuyas autoridades se les pedirá colaboración al respecto, a modo de garantizar su amplia y efectiva difusión.

 

Artículo 8°: Refréndese por el Señor Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 9º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

Fecha de Publicación: 12-04-2022
 
 
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