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Decreto Nº 5703/93 - Art. 10º:
  • Los empleados públicos tendrán derecho a usar veinte (20) días al año en forma continua o discontinua, con goce de haberes, para la atención de enfermedades comunes.
  • Si no obtuviera el alta al vencimiento del plazo precedente tendrán derecho a otros 20 días con el 50% de haberes.
  • En caso de no obtener el alta luego de veinte (20)días corridos, tendrán derecho a otros veinte (20) días más pero sin goce de sueldo.

CONTACTO
 Corrientes 400 esq. Colón, Paraná, Entre Ríos.
 (0343) 4207818/19.
 dgp@entrerios.gov.ar
 www.entrerios.gov.ar/dgrrhh
 
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