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Decreto Nº 5703/93 - Art. 28º:
  • Corresponde un (1) día laborable.
  • Se debe presentar certificado extendido por establecimiento médico reconocido.
  • No deberá exceder de dos veces al año.

CONTACTO
 Corrientes 400 esq. Colón, Paraná, Entre Ríos.
 (0343) 4207818/19.
 dgp@entrerios.gov.ar
 www.entrerios.gov.ar/dgrrhh
 
Gobierno de Entre RĂ­os