Este adicional se otorga a partir
del 01/06/2007 y equivale al 50% de la asignación de la
categoría 2 del Escalafón General.
Se liquida por código separado y junto con el adicional por Título
o por Responsabilidad Profesional, para el Escalafón
General y para los Escalafones regulados por las Leyes Nº 5654 y
5797.
Lo percibirán los agentes de Planta Permanente de la
administración que acrediten haber obtenido título
de grado universitario de validez nacional en carreras que se
encuentren registradas en la base de datos de los títulos
oficiales autorizados por la Secretaría de Políticas
Universitarias dependiente del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología de la Nación.