Perciben este adicional los agentes que desempeñan tareas en el
área de la Secretaría de Estado de Salud, en las cuales en forma
permanente se ponga en peligro cierto su integridad psicofísica y
ello no pueda ser evitado de otra forma. Su reconocimiento se hará
previo informe fundado del responsable del área a la que
pertenezca el agente, mediante Resolución Ministerial. Se percibe
en los siguientes porcentajes, de acuerdo a las categorías de los
agentes:
Escalafón General:
- Categorías 10 a 6 – 25% de la
Categoría 7.
- Categorías 5 a 1 – 25% de la
categoría 4.
Carrera de Enfermería
- 25% de la Categoría 12 – Carrera Enfermería.