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A través de la conciliación obligatoria

La Fiscalía de Estado ratificó que el inmueble que ocupa actualmente la Escuela de Aerobismo es un bien de dominio público

07/05/2019. En la conciliación obligatoria que se hizo este lunes por el litigio de recupero del inmueble ubicado en calle Laurencena y San Martín de Paraná, se reconoció que la propiedad en la que funciona la Primera Escuela Integral de Aerobismo es dominio del Estado provincial. Se elevará una propuesta de un nuevo comodato al gobernador.

El fiscal de Estado, Dr. Julio Rodríguez Signes, participó en el día de ayer de una conciliación obligatoria por el litigio de recupero del borde costero, con representantes de la Primera Escuela Integral de Aerobismo, en la Sala Civil y Comercial Nº 2 del Superior Tribunal de Justicia. “Es importante que se reconoció que esta propiedad es un bien de dominio del Estado, eso quedó absolutamente claro. En esta audiencia nos comprometimos a elevar al  Gobernador, la propuesta de un nuevo comodato. Creo que efectivamente será así. Reformular el comodato para que este bien sea usado de la mejor manera” detalló el fiscal de Estado al término de la audiencia.

En este sentido, cabe destacar que la Escuela ubicada en calle Laurencena y San Martín de Paraná, que ocupa el inmueble de hace más de 20 años, admitió que el predio pertenece al Estado provincial. “Vale destacar que desde la fiscalía de Estado se ejerció efectivamente el rol que nos compete, que es el resguardar y recuperar los bienes que son de dominio público. No hay una intención de desalojo de la Institución, porque ya se reconoció que es propiedad del Estado, sino de alcanzar un nuevo acuerdo que permita el uso del bien, resguardando derechos, como los vinculados a la salud y el deporte que son factores de protección y desarrollo para los jóvenes, por ejemplo”, interpretó Rodríguez Signes.

En treinta días habrá otro encuentro entre las partes que asistieron a la Sala Civil y Comercial N ° 2 de Paraná, integrada por Martín Francisco Carbonell, Juan Ramón Smaldone y el presidente del STJ, Emilio Aroldo Castrillón.

Referencias del caso

La historia de conflicto se remonta al año 2013 cuando la intendencia de la ciudad de Paraná proyectó obras para recuperar el borde costero. Esta iniciativa preveía acotar el uso de inmuebles linderos al río. En ese proyecto se consideró que la Escuela de Aerobismo, ubicada estratégicamente en la zona del Puerto Nuevo de la capital, interfería el uso del espacio público.

Así toma intervención la Fiscalía de Estado de la Provincia, quien presenta una demanda de desalojo. En primera instancia la jueza en lo Civil y Comercial Nº 6, Silvina Andrea Rufanacht, falló en contra de la Provincia por considerar que asiste razón a la Escuela de Aerobismo.

Disconformes con esta instancia la Fiscalía de Estado presenta una apelación ante la Cámara en lo Civil y Comercial para que revoque la medida.

La sentencia se produce el 25 de septiembre de 2018 cuando los vocales de la Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Andrés Manuel Marfil (presidente), Valentina Ramírez Amable y Virgilio Alejandro Galanti, fallaron a favor de la apelación del Estado entrerriano y revocaron la resolución de primera instancia que rechazó el desalojo.

Tras ese fallo adverso, la institución deportiva interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley ante la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia, quien convocó a las partes en una conciliación obligatoria.