La Secretaría de Cultura de Entre Ríos da a conocer el Padrón de Trabajadoras y Trabajadores del Teatro Entrerriano. De esta manera se cumplimenta un paso más en pos de la conformación del Consejo, tal como lo establece la nueva ley provincial.

El PADRÓN DEFINITIVO está integrado por quienes se registraron a través del formulario online que estuvo disponible desde julio hasta septiembre del corriente inclusive, y cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley Provincial de Teatro Independiente (TIER) Ley N° 10.931, y su decreto reglamentario (Decreto n° 1741/22). Las personas empadronadas podrán votar para elegir la persona que represente a su región en el Consejo Provincial de Teatro.

A continuación, se conformará la Junta Electoral, integrada en esta primera elección por tres personas: una propuesta por la Secretaría de Cultura de Entre Ríos y dos propuestas por el Colectivo de Teatristas Autoconvocadxs, representando a las trabajadoras y trabajadores del teatro entrerriano. Luego se informará de la modalidad y plazos para la presentación de candidaturas para los cinco cargos de Representantes Regionales.

Podrán ser candidatos y candidatas al cargo de Representante Regional quienes posean trayectoria teatral comprobable y en continuidad no menor a cinco años, tengan veintiún años de edad como mínimo, y se hallen debidamente empadronados. No podrá ser elegido como Representante quien se encuentre incurso en las inhabilidades que prevé la Constitución Provincial, y/o posea antecedentes penales, y/o los inhabilitados del artículo 48 del Código Civil y Comercial de la República Argentina; tampoco podrán hacerlo las personas jurídicas.

Ante cualquier duda, comunicarse al correo: consejoprovincialdeteatroer@gmail.com

Para descargar las normas:

Ley n° 10.931, Ley Provincial de Teatro Independiente (TIER): https://bit.ly/leytier10931

Decreto n° 1741/22: https://bit.ly/reglamleytier