Conforme a la legislación vigente - Art. 152º Código Civil y Comercial de la Nación -, la Sede Social, debe ser registrada y comunicada ante la autoridad de contralor, que la Provincia de Entre Ríos es la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas. Cuando la fijación de la misma no resulte de la Reforma de sus Estatutos Social, deberá seguirse el presente procedimiento.
MODELO ACTA DE COMISIÓN DIRECTIVA FIJANDO SEDE SOCIAL |
LEY 26.994 - CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. RESOLUCION Nº 150/15 DIPJ. |
COMPLETAR FORMULARIO ON LINE - FOJA CERO |