Este trámite permite solicitar la verificación de los requisitos legales y fiscales, y la inscripción en el Registro Público del instrumento constitutivo, dentro del cual se encuentra el estatuto social.
Requiere el trámite previo y obligatorio de Reserva de Denominación.
Ley 27.349
Resolución 131/17 DIPJ.-
Requisitos:
Nota de presentación firmada por el Representante Legal de la Sociedad o el designado en el Contrato Social, con patrocinio profesional (Abogado, Contador, Escribano) y detallando la documentación que se adjunta.
Foja Cero.
Reserva de Denominación o Razón Social, vía online. (Acceda aquí)
Aportes de Caja Forense en caso de corresponder.-
Depósito en Garantía correspodiente conforme lo indicado en el Contrato Social, o en su defecto, Acta Notarial que acredite dicho Depósito ante Escribano Público.
Contrato Social en Original y una copia, el qué deberá cumplimentar con lo dispuesto en los Art. 35º y 36º de la Ley 27.349 y sus modificatorias.
En el caso de realizarse el Contrato Social por Instrumento Privado, los otorgantes de los actos deberán certificar sus Firmas por Escribano Público, o ratificarlas personalmente ante el Registro Público.
Original y Copia del Edicto Extractado (Art.37º Ley 27.349).
CAPITAL SOCIAL:
9. El Capital Mínimo de Constitución: no podrá ser inferior al importe equivalente a dos (2) veces el salario Mínimo Vital y Móvil.
Aclaración: En relación al Capital Social esta Dirección podrá exigir un capital inicial superior al mínimo del Art. 40º de la ley 27.349, conforme al Art. 7º de la Resolución 131/17 D.I.P.J.
Deberá existir la debida correlación entre Objeto y Capital Social.-
En Caso de Aportes (Art. 42º Ley 27.349)
En el Supuesto de que sean en Especie, como minimo cumplimentar los siguientes requisitos:
a) Se deberá confeccionar Inventario de los mismos con las formalidades de la ley.
b) Inscripción Preventiva a nombre de la Sociedad en el Registro Correspondiente (Automotor, Propiedad, Etc.).
c) Certificado Libre Prenda y/o Gravamen de los Bienes Muebles aportados, según corresponda.
10. TASAS: Las Tasas a ingresar serán los establecidos en el Código Fiscal (Ley Impositiva 9.622, Art. 25º y modif.), puede realizarse el pago en forma electrónica, ver este instructivo, a saber:
-Tasa de Constitución (Art. 25º Inc. b - Ley Impositiva T.O.): uno por mil del capital social, con un mínimo de $3.000,00 y un máximo de $14.553,00.-
-Tasa de Inscripción (Art. 25º Inc d - Ley Impositiva T.O.): cuatro por mil del capital social, con un mínimo de $1.985,00 y un máximo de $9.923,00.-
FORMAS DE ACREDITAR LA INTEGRACION DE APORTES:
Aportes en dinero efectivo: La integración en efectivo del capital suscripto debe acreditarse en la proporción legal mínima, o en la determinada en el instrumento constitutivo, acompañando constancia de depósito en el Banco de la Provincia de Entre Ríos. Dicho importe no podrá ser menor al veinticinco por ciento (25%) de la suscripción. Conforme lo establecido al Art. 187º de la Ley 19.950).-
En caso de otorgarse por Escritura Pública, la manifestación expresa ante escribano autorizante que, por ante él, los socios constituyentes obligados a la integración de los aportes, en cumplimiento de dicha obligación hacen entrega de los fondos correspondientes en debido cumplimiento de las leyes vigentes en materia de prevención de Lavado de Activos, a los Administradores designados en ese mismo acto y que éstos los reciben de conformidad.
En caso de otorgarse por instrumento Privado, por Acta notarial, por separado, en la cual consten los mismos recaudos consignados en el inciso anterior. Ver modelo.
11. Declaracion Jurada de Persona/s politicamente expuestas.-
12. Declaración Jurada sobre el origen licito de los fondos.-
13. Declaración Jurada de Beneficiario FInal.-
14. Declaración Jurada de no estar incurso en prohibiciones e incompatibilidades.-
Modelo de Integración de Aportes por Acta Notarial |
Las declaraciones juradas, sin excepción, deberán estar firmadas y certificada la firma por Escribano Público y legalizada la firma de este último si es de extraña jurisdicción.
La publicación (Boletín Oficial) para concluir la inscripción, deberá ser remitida al siguiente correo electrónico: boletinydepositosdipj@entrerios.gov.ar, debiendo indicar en el cuerpo del correo: Razón Social/Denominación de la entidad, Número de Trámite.
Los archivos a adjuntar son los siguientes: