Gobierno de Entre Ríos

 

INSCRIPCIÓN DE GERENTE - S.R.L.

Trámite

Conforme a el Art. 60º de la Ley General de Sociedades, toda designación o cesación de administradores debe ser inscripta en los registros correspondientes, correspondiendo su publicación.


Requisitos:

Para la Inscripción de Designación de Gerente:

1- Nota dirigida al Sr. Director, indicando el trámite que se lleva a cabo y especificando la documental que se acompaña, con patrocinio (Abogado, Escribano o Contador).

2- Completar formulario FOJA CERO.

3- Acta de Reunión de Socios que designa el/los Gerente/s.

4- La documentación referida en el punto anterior debe presentarse  en original y copia, firmada por el Socio Gerente y certificada la firma por Escribano Publico, o ratificadas personalmente ante el Registro Público, previa solicitud de turno.

5- Aportes de Caja Forense en caso de corresponder.-

6- Declaración jurada de no hallarse afectados por inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para ejercer los cargos y sobre su condición de persona expuesta políticamente. Art. 264º LGS y Resolución 11/2011 UIF.

7- Declaracion Jurada de Beneficiario Final.

8- Edicto extractado del acto que contenga  el/los gerentes designados, por duplicado y sin firmas.

9- Del Acta de Reunión de Socios en la que se distribuyan los cargos, debe resultar: la aceptación expresa o tácita del nombramiento del Gerente individualizado con precisión, a cuyo fin:

a- Valdrá como aceptación tácita la presencia de los mismos en cualquiera de los actos mencionados;

b- No se consideraran suficientes las referencias genéricas, la constancia de firmas sin aclaración ni la manifestación, aun con constancia de recepción, de haberse notificado la designación.

10- Domicilio Real: los gerentes deberán tener Domicilio real en el territorio de la República, constituidos a los fines del Art. 256º in fine de la Ley General de Sociedades el cual será vinculante ante la Dirección de Inspección de personas Jurídicas.

11- La constitución de la garantía requerida por el Art. 256º, segundo párrafo, de la Ley 19.550 deberá estar prevista en el Contrato Social.

 

Tasa: los sellados a abonar serán los establecidos en el código Fiscal, a saber: TASA DE INSCRIPCION $1.985,00. Puede realizarse el pago en forma electrónica, ver este instructivo-

Modelos:

MODELO EDICTO - DESIGNACION DE GERENTE/S descargar

Formularios:

COMPLETAR FORMULARIO ON LINE - FOJA CERO 

completar formulario
DECLARACION JURADA - ART. 264º LGS
DECLARACION JURADA DE BENEFICIARIO FINAL
 

Normativas:

LEY GENERAL DE SOCIEDADES Nº 19.950. RESOLUCION Nº 150/15 DIPJ. 

 


 

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