RESOLUCION Nº 09 S.G.C.M.E.R.

Paraná,     29 de Agosto de 2005.-

 

 

VISTO:

 

            Los artículos 23 y 26 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, y;

 

 

CONSIDERANDO:

           

            Que al Concurso Público Nº 18 para cubrir las vacantes de un Agente Fiscal para la Fiscalía Nº 1 y de un Agente Fiscal para la Fiscalía Nº 2, ambas de Paraná, se inscribieron trece profesionales, entre los que se encuentra el Dr. Carlos Francisco García Escalada, registrándose bajo el número de expediente 115.

 

         Que de la presentación efectuada por el profesional antes mencionado, surge que no cumple con los requisitos reglamentarios establecidos en el artículo 21 del Reglamento General, al haber omitido la presentación del Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.

 

         Que en fecha 4 de agosto del corriente año, el Dr. Carlos Francisco García Escalada, fue intimado a presentar la respectiva documentación,  y venciendo el plazo para ello el día 26 de agosto, no acompañó el certificado referido.

         Que el artículo 23 establece la nulidad de la inscripción por la omisión de los documentos mencionados en el mismo; y el artículo 26 faculta al Secretario General a rechazar las solicitudes de inscripción que no cumplieran con los requisitos establecidos en el Reglamento General.

 

 

POR ELLO:

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ART. 1: Rechazar la inscripción del Dr. Carlos Francisco García Escalada al Concurso Público de Antecedente  y Oposición Nº 18, inscripto bajo  el expediente número 115, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura.

 

ART. 2:  Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

        

 

 

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