RESOLUCIÓN Nº  8  P.C.M.E.R.

                                                                                  Paraná, 02 de septiembre de 2004.- 

 

 

VISTO:

 

 

                            El sorteo de Jurados Técnicos realizado en fecha 22 de junio de 2004, en la Secretaría del Consejo de la Magistratura, y ;

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

                            Que realizado el sorteo de los Jurados Técnicos, titulares y suplentes, que calificarán las pruebas de oposición de los Concursos públicos Nº 12 y Nº 13 tendientes a elegir un (1) Juez de Familia, Civil y Penal de Menores de Concordia y un (1) Juez de Familia, Civil y Penal de Menores de Gualeguaychú, resultó entre ellos, la Dra. Elsa Giqueaux de Sacco, quien fue notificada debidamente.

 

                            Que por las razones expresadas en su nota de fecha 20/07/2004, la profesional designada como Jurado Titular, no aceptó el cargo propuesto.

 

                            Que conforme lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento General y de Concursos Públicos (modificado por Resolución Nº 8 C.M.E.R.),  es facultad del señor Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, aceptar las renuncias presentadas por los Sres. Jurados Titulares, y convocar a los respectivos suplentes para ocupar los cargos vacantes.

 

                            Que teniendo en cuenta lo antes expuesto, corresponde de inmediato convocar al respetivo Jurado Suplente, Dr. Daniel Omar Carubia, en representación de los magistrados y Funcionarios Judiciales.

 

 

Por ello:

 

 

 

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

 

 

Art. 1: Aceptar la renuncia de la Dra. Elsa Giqueaux de Sacco al cargo de Jurado Titular de los Concursos Públicos Nº 12 y Nº 13, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

 

Art. 2:  Convocar al Jurado Suplente, Dr. Daniel Omar Carubia, a ocupar el cargo de Jurado Titular.

 

Art. 3: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General  del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 4: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, publíquese y archívese.

 

 

 

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