RESOLUCIÓN Nº 77 P.C.M.E.R.-

                                                                             PARANÁ, 12 de febrero de 2009

 

 

 

VISTO:

 

La impugnación presentada por la Dra. Monica Isolda Ronchi, en su carácter de postulante del Concurso Público Nº 59 destinado a cubrir un cargo de Vocal para la Cámara Segunda – Sala I – de ésta ciudad, contra el puntaje que le asignaran los Sres. Consejeros representantes de la ONG´s  en la entrevista pública realizada en fecha 19 de noviembre de 2008, y;         

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 13 del Decreto Nº 39/03 GOB, establece expresamente que la decisión del Consejo respecto de las calificaciones de las entrevistas públicas “no será susceptible de impugnación”, cuestión que por otra parte se considera advertida y consentida por la recurrente desde que su inscripción en el concurso de marras, conforme reza el Art. 23 del Reglamento General de Concursos Públicos (RGCP): “…importará, por parte del aspirante, el conocimiento y aceptación de las condiciones fijadas en éste Reglamento y en el Decreto Nº 39/03 GOB.”; por todo ello planteo recursivo formulado resulta improcedente correspondiendo su rechazo in limine.  

Que de acuerdo a lo prescripto por el articulo 7º  del Reglamento General y de Concursos Públicos del CMER, el suscripto se encuentra plenamente facultado para el dictado de la presente, por cuanto se trata de una cuestión reglamentaria cuya interpretación no admite dudas. 

Por ello:

 

                                                           

EL PRESIDENTE DEL 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS 

RESUELVE:

 

 

 

Art. 1: Rechazar in limine la impugnación presentada por la Dra. Monica Isolda Ronchi,  contra la calificación que se le asignara en la entrevista pública correspondiente al Concurso Público Nº 59 destinado a cubrir un cargo de Vocal para la Cámara Segunda – Sala I – de ésta ciudad, por resultar la misma formalmente improcedente conforme lo establecido por el artículo Nº 13 del Decreto Nº 39/03.

 

Art. 2: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, y archívese.

 

 

 

 

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