RESOLUCION Nº 61 P.C.M.E.R.

 Paraná, 27 de Marzo de 2008.

 

 

VISTO

 

            Las resoluciones Nº 209/07 y 227/07 CMER, y;

 

         CONSIDERANDO:

 

             Que el Jurado Técnico para actuar en los concursos Nº 53 (destinado a cubrir un cargo de Agente Fiscal para la Fiscalía Nº 1 de la ciudad de Concepción del Uruguay), Nº 54 (destinado a cubrir un cargo de Agente Fiscal para la Fiscalía Nº 3 de la ciudad de Gualeguaychú) y Nº 58 (destinado a cubrir un cargo de Agente Fiscal para la Fiscalía de la ciudad de Villaguay), se encuentra integrado por los Dres. Enrique Marciano Martínez, Silvia Teresita Nazar y Mario Roberto Franchi.

 

         Que el Dr. Franchi ha sido designado por la Universidad Católica Argentina para actuar como Consejero ante este organismo, lo que genera una causal de incompatibilidad sobreviviente para ejercer ambos cargos simultáneamente (Consejero y Jurado Técnico).

 

         Que ante la excusación de su suplente, el Dr. Daniel Aníbal Erbeta, se procedió a realizar el correspondiente sorteo para cubrir la vacante, del cual resultó designado el Dr. Juan Carlos Gemignani, quien notificado aceptó el cargo.

 

         Que atento lo manifestado en los Considerandos precedentes, en definitiva el Jurado Técnico para actuar en los Concursos mencionados, quedaría conformado por el Dr. Juan Carlos Gemignani en representación de los “Académicos”.

Que consecuentemente, y ante la posibilidad de eventuales planteos de recusación al Dr. Gemignani, corresponde habilitar un plazo para su formulación, de acuerdo a lo previsto en el art. 18º del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

POR ELLO;

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Art. 1º: Notificar a los Postulantes de los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición Nº 53, Nº 54 y Nº 58, la designación del Dr. Juan Carlos Gemignani, para intervenir como Jurado Técnico en los referidos Concursos, en reemplazo del Dr. Mario Roberto Franchi. 

 

Art. 2º: Establecer un plazo de tres (3) días a partir de la notificación de la presente Resolución, para la formulación de planteos de recusación, de conformidad a los previsto en el Art. 18º del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, el que deberá transcribirse en el despacho ordenado.

 

Art. 3º: La presente Resolución será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 4º: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

        

 

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