RESOLUCIÓN Nº 53 P.C.M.E.R.

                                                      PARANÁ, 10 de Octubre de 2007.

 

 

 

 

 

VISTO

La solicitud de inscripción de la Dra. Diana María Araceli Floresta, expte. Nº 267 a los concursos Nº 56 y 57 organizados por este Consejo de la Magistratura, y;

 

CONSIDERANDO:             

Que conforme lo establece el Reglamento vigente, por Resolución Nº 227 CMER (B.O. del 25/09/07) se llamó a Concursos Públicos para cubrir un (1) cargo de Defensor de Pobres y Menores de Villaguay y un (1) cargo de Defensor de Pobres y Menores de Chajarí; lo cual fue publicado por edicto en fecha 28/08/2006 en el diario “El Pueblo” de Villaguay y en fecha 01/09/2007 en el semanario “Chajarí al Día” de Chajarí, estableciendo como período de inscripción del 03/09/2007 al 21/09/2007 en el horario de 8:00 a 12:00 Hs. en la sede del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Que la normativa vigente (arts. 19 y 20 del Reglamento General y de Concursos Públicos) prevé con referencia a la inscripción a los concursos convocados, que la misma cuenta con fecha y hora de inicio y de finalización, con lo cual el plazo referido lleva ínsita la condición de que la actividad de que se trata debe cumplirse indefectiblemente dentro del horario establecido en el día del vencimiento.

 

Que habiéndose cumplido con los recaudos establecidos en el Reglamento General y de Concursos Públicos respecto de la convocatoria al Concurso en cuestión, específicamente en lo referido a dar publicidad a la “... fecha y hora de inicio y de finalización del período de inscripción...”, y surgiendo en forma manifiesta que la solicitud de inscripción de la Dra. Floresta fue presentada fuera del término establecido y publicado, corresponde, por aplicación de lo prescripto en el artículo 26 del Reglamento citado, rechazar su inscripción en base a su extemporaneidad.

                   

Que la presente se dicta conforme la facultad establecida en el artículo 7 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

 

 

Por ello, 

EL  PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

R  E  S  U  E  L  V  E:

 

ARTICULO 1.- Rechazar la solicitud de inscripción de la Dra. Diana María Araceli Floresta, expte. Nº 267 a los concursos Nº 56 y 57  organizados por este Consejo de la Magistratura, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

 

ARTICULO 2.- La presente resolución será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura.-

 

ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.    

 

 

 

 

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