RESOLUCIÓN Nº 531 C.M.E.R.
PARANÁ, 30 de noviembre de 2012.
VISTO: El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 115 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Ciudad de Paraná, y;
CONSIDERANDO:
Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo vacante en el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Ciudad de Paraná;
Que los Dres. Cecilia Beatriz BERTORA, Pablo Mariano GUERCOVICH y Paula MONTEFIORI, han reunido los requisitos previstos en la normativa vigente, conforme la Resolución Nº 479/11 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes); Dictamen de Jurados Técnicos de fecha 04/09/2012 y Acta Nº 27 de Correlación e Identificación de postulantes y sus calificaciones de fecha 21/09/2012; Resolución Nº 513 BIS/12 C.M.E.R. (Impugnaciones a la calificación a la Prueba de Oposición) y el Acta Nº 37 de fecha 30/11/2012 (de calificación a la Entrevista Personal);
Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del RGCP;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 115 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Ciudad de Paraná, conformada por los siguientes postulantes:
- Dra. Cecilia Beatriz BERTORA – Dr. Pablo Mariano GUERCOVICH – Dra. Paula MONTEFIORI.
ARTICULO 2º: No realizar el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos.
ARTICULO 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.
ARTICULO 4º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.