RESOLUCIÓN Nº 520 C.M.E.R.
PARANÁ, 02 de noviembre de 2012.
VISTO: El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 108 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara Laboral de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo vacante de la Cámara Laboral de la ciudad de Concordia;
Que los Dres. Carlos Humberto VIANCO, Andrés Manuel MARFIL, Guillermo Fernando BONABOTTA, Karina Alejandra ILARREGUI, Laura Mariana SOAGE y Ricardo Agustín LAROCCA han reunido los requisitos previstos en la normativa vigente, conforme las Resoluciones Nº 449/11 y 471/11 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes y Recursos de Reconsideración, respectivamente), Dictamen de fecha 19/06/2012 suscripto por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión y Acta Nº 16 de Correlación e Identificación de fecha 29/06/2012 (de calificación de la Prueba de Oposición) y el Acta Nº 32 de fecha 02/11/2012 (de calificación de la Entrevista Personal);
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial;
Que asimismo, y de conformidad con el artículo 40 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), corresponde agregar una lista complementaria de candidatos, en tanto los que
conformen las ternas hayan sido propuestos para integrar otras de otros concursos;
Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del RGCP;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 108 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal de Cámara Laboral de la ciudad de Concordia, conformada por los siguientes postulantes:
- Dr. Carlos Humberto VIANCO - Dr. Andrés Manuel MARFIL - Dr. Guillermo Fernando BONABOTTA.
ARTICULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 40 del Reglamento General y de Concursos Públicos, conformada por los siguientes postulantes:
- Dra. Karina Alejandra ILARREGUI - Dra. Laura Mariana SOAGE - Dr. Ricardo Agustín LAROCCA.
ARTICULO 3º: No realizar el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos.
ARTICULO 4º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.
ARTICULO 5º: La presente será refrendad por el Sr. Secretario General de Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese y archívese.