RESOLUCIÓN Nº 47 P.C.M.E.R.

                                                      PARANÁ, 09 de Abril de 2007.

                   

 

 

 

VISTO:

 

El recurso de reconsideración interpuesto por el Dr. Eduardo Esteban Tomás García Jurado, contra la calificación que se le asignara en la Entrevista Pública correspondiente al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 37 destinado a cubrir dos (2) cargos de Vocal para la Cámara del Crimen de la ciudad de Gualeguay, realizada en fecha 16 de marzo próximo pasado, y;

         

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 13º del Decreto Nº 39/03 GOB establece expresamente que la decisión del Consejo respecto de las calificaciones de las entrevistas públicas “no será susceptible de impugnación”, por lo que el planteo efectuado por el recurrente resulta formalmente improcedente. 

Que el suscripto en su carácter de Vicepresidente a cargo de la Presidencia del cuerpo, se encuentra plenamente facultado para el dictado de la presente, de acuerdo a las facultades conferidas en el art. 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos.

 

Por ello:

 

                                                           

EL VICEPRESIDENTE A CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL

 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

 

 

Art. 1: Rechazar el recurso presentado por el Dr. Eduardo Esteban Tomás García Jurado, contra la calificación que se le asignara en la entrevista pública correspondiente al Concurso de Antecedentes y Oposición Nº 37, por resultar formalmente improcedente conforme lo establecido por el artículo Nº 13 del Decreto Nº 39/03.

 

Art. 2: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art.3: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, y archívese.

 

 

 

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