RESOLUCION Nº 043 SGCMER
Paraná, 05 de Abril de 2.010 

 

 

VISTO La Resolución Nº41/10 S.G.C.M.E.R, Y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que en oportunidad de registrar la acumulación se consideró solamente lo informado por el Superior Tribunal de Entre Ríos – según nota de fecha 26.12.08 - en relación a que todas las Defensorías ostentan idéntica competencia.

Que sin perjuicio de ello es del caso que corresponde ponderar además la distribución de materias y tareas que a cada una de ellas le son asignadas.

Que así las cosas, con posterioridad se ha constatado que la Defensoría Nº 4 tiene asignadas funciones por ante el fuero penal de la Ciudad de Concordia.

Que en atención a lo expuesto resulta inconveniente mantener la acumulación registrada, en tanto la Defensoría mencionada tiene encomendado el ejercicio de funciones sobre materias diferentes a la que corresponde a la Defensoría Nº 3 actualmente concursada y ello así no sería conteste con el criterio que establece el Art. 20 del Reglamento General y de Concursos Públicos del CMER.

Que ante tal situación corresponde dejar sin efecto la acumulación efectuada por Resolución Nº41/10 S.G.C.M.E.R, y ratificar lo expresado en la Resolución Nº 368/09 C.M.E.R. respecto del Concurso Nº100.

 

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DEL

 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto la acumulación efectuada por Resolución Nº41/10 S.G.C.M.E.R.

ARTICULO 2º: Ratificar lo expresado en la Resolución Nº368/09 C.M.E.R respecto al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº100, el que continúa destinado a cubrir (1) cargo de Defensor de Pobres y Menores Nº 3 de la ciudad de Concordia.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

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