RESOLUCIÓN Nº 37 P.C.M.E.R.-

Paraná, 1 de Diciembre de 2005.-

 

VISTO:

 

 

          Lo dispuesto en el artículo 2 inc. f) del Decreto Nº 39/03 GOB., y; 

 

 

CONSIDERANDO:

 

                      Que la experiencia ha demostrado un gran interés de los distintos  sectores de la sociedad civil en su participación en el proceso de selección de magistrados y funcionarios judiciales, lo que se ha patentizado a partir de su asidua inscripción ante éste organismo en las dos oportunidades en que se ha abierto el registro de tales organizaciones.

 

                       Que a fin de dinamizar el cumplimiento de la citada disposición, y garantizar el pleno acceso de las organizaciones comprendidas en el seno de ésta institución, dando fiel cumplimiento al espíritu plural de su composición, es que  resulta conveniente abrir en forma permanente el Registro de la Organizaciones Civiles, Sociales, Profesionales y Sindicales ante el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.   

            

                       Que de tal manera, se incrementará la posibilidad de que  la mayor cantidad de organizaciones, se encuentren habilitadas para participar en la elección de sus representantes ante éste organismo, en las ocasiones que corresponda.                              

                       Que por ello, inmediatamente de producida una nueva inscripción, deberá procederse a notificar la misma a la Asamblea de ONG´s para su conocimiento y participación en las respectivas convocatorias para elección de nuevos representantes de dicho estamento ante este Consejo de la Magistratura.

 

POR ELLO                                                                              

EL PRESIDENTE DEL

 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

 

 

Art.1: Abrir en forma permanente el registro de Organizaciones Civiles, Sociales, Profesionales y Sindicales en el Consejo de la Magistratura, siendo requisitos para la misma acreditar personería jurídica o gremial con el acto administrativo respectivo, contrato social y nómina actualizada de autoridades.

 

Art.2: Producida una nueva inscripción, proceder a su notificación inmediata a la Asamblea de ONG´s para su inclusión en la nomina respectiva y a los fines que pudieran corresponder.

 

Art.3: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art.4: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, y archívese. 

 

 

 

Volver