RESOLUCION Nº 028 SGCMER

                                                             Paraná, 3 de Abril de 2009.

 

 

 

VISTO:

 

 

La vacante generada en el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Paraná, comunicada por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, mediante oficio Nº 510 en fecha 31 de marzo del corriente, y;

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

     Que mediante Resolución Nº 272/08 C.M.E.R., se llamó a Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 67 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de la ciudad de Paraná, el que actualmente se encuentra en trámite.

        

Que conforme lo establece el artículo 20 del Reglamento General de Concursos Públicos, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso, se acumularán automáticamente a aquél cuyo trámite haya sido iniciado, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias, circunstancia que por otra parte fue informada en oportunidad del llamado a inscripción del concurso respectivo.

        

Que consecuentemente, se ha operado la acumulación automática del cargo considerado vacante, para lo cual se encuentra habilitada la Secretaría General del C.M.E.R. a registrar la mencionada acumulación al trámite del Concurso Público Nº 67, el que en definitiva se destinará a cubrir DOS (2) cargos de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 y Nº 4 de la ciudad de Paraná.

 

 

 

 

Por ello,

 

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Registrar la acumulación automática de la vacante producida en el cargo de Juez Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Paraná, al trámite del Concurso Público Nº 67.

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

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