RESOLUCIÓN Nº 25 S.G.C.M.E.R.-

PARANÁ, 29 de octubre de 2008.-

 

 

         VISTO

         La nota de fecha 19-06-08 por la cual el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos informa a este Consejo las vacantes generadas, entre otras, por la creación de los nuevos Juzgados Civiles y Comerciales dispuesto en la Ley Nº 9.776.

 

 

         CONSIDERANDO:

         Que mediante Resolución Nº 272/08 CMER, se llamó a Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 69 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Civil y Comercial de la ciudad de Chajarí, actualmente en trámite.

         Que conforme lo establece el artículo 20 del Reglamento General de Concursos Públicos, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso, se acumularán automáticamente a aquél cuyo trámite haya sido iniciado, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias, circunstancia que por otra parte fue informada en oportunidad del llamado a inscripción del concurso respectivo. 

         Que consecuentemente, en el caso, se ha operado la acumulación automática del cargo considerado vacante, al tramite del Concurso Público Nº 69, el que en definitiva se destina a cubrir DOS (2) cargos de Juez en lo Civil y Comercial de la ciudad de Chajarí.

          

 

           POR ELLO,

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º:

     Registrar la acumulación automática operada de la vacante producida en el cargo de Juez en lo Civil y Comercial de Chajarí, al Concurso Público Nº 69.

 

ARTÍCULO 2º:

     Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

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