RESOLUCIÓN Nº 24 S.G.C.M.E.R.-

PARANÁ, 29 de octubre de 2008.-

 

 

         VISTO

 

         El oficio Nº 1096 por el cual el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos comunica a este Consejo que ha tomado razón de la renuncia al cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay – Sala Laboral - de la Dra. Yolanda Mabel CAZZULINO, a partir del 01-08-08.

 

 

         CONSIDERANDO:

 

         Que en virtud de la renuncia antes mencionada, el cargo correspondiente a la Vocalía de la Excma. Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay – Sala Laboral se encuentra vacante.

         Que mediante Resolución Nº 272/08 CMER, se llamó a Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 72 destinado a cubrir un (1) cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay – Sala Laboral -, actualmente en trámite. 

         Que conforme lo establece el artículo 20 del Reglamento General de Concursos Públicos, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso, se acumularán automáticamente a aquél cuyo trámite haya sido iniciado, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias, circunstancia que se informó en oportunidad del llamado a inscripción del respectivo concurso. 

         Que consecuentemente, en el caso, se ha operado la acumulación automática del cargo considerado vacante, al tramite del Concurso Público Nº 72, el que en definitiva se destina a cubrir DOS (2) cargos de Vocal de la Excma. Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay – Sala Laboral -.

 

         Por ello,

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º:

         Registrar la acumulación automática operada de la vacante producida en el cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay – Sala Laboral -, al Concurso Público Nº 72.

 

ARTÍCULO 2º:

         Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

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