RESOLUCIÓN Nº 205 C.M.E.R.
PARANÁ, 30 de Marzo de 2007.
VISTO:
Las solicitudes de reconsideración a las calificaciones de antecedentes correspondientes al Concurso Público Nº 44 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 2 de la ciudad de Concordia y que fueran asignadas mediante Resolución Nº 201/07 CMER, presentadas por las Dres. Maria Rosa Vía y Carlos Humberto Vianco;
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas solicitudes fueron presentadas en tiempo y forma, conforme lo establece el art. 11 del Decreto Nº 39/03 Gob. y el art. Nº 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, manifestándose los recurrentes agraviados por la calificación otorgada a sus antecedentes profesionales.
Que, dado lo anterior, cabe analizar as presentaciones efectuadas a los fines de determinar si les asiste o no razón a los recurrentes por los argumentos de hecho y de derecho por ellos impetrados.
Que, en éste sentido, debe considerarse con respecto a:
POR ELLO
Art. 1: Hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto por el Dr. Carlos Humberto Vianco, quedando establecida la calificación final de sus antecedentes en 28,20 puntos.
Art. 2: : No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la Dra. María Rosa Vía, manteniéndose en consecuencia la calificación de 27 puntos, que le fuera asignada mediante Resolución Nº 201/07 CMER.
Art. 3: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.
Art. 4: Regístrese, comuníquese por la oficina correspondiente y archívese.