RESOLUCIÓN Nº……………1 ………….. Presidente C.M.E.R.

                                                                      

   PARANÁ, 30 de enero de 2004.-  

 

 

VISTO:

 

Lo dispuesto en el Art. 2 inc. f) del Decreto Nº 39/03 GOB., y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme la norma citada, las organizaciones sociales con personería jurídica y/o gremial, colegios profesionales y organizaciones no gubernamentales, fueron convocadas para inscribirse en el Registro abierto por la Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos a los fines de la posterior designación del representante que integrará el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos;

 

Que en virtud de ello, el plazo previsto para la inscripción, y su prórroga, han vencido el día 28 de enero de 2004 a las 13 hs.;

 

Que, las siguientes organizaciones inscriptas reúnen las condiciones requeridas para la inscripción y las que establecía el Decreto Nº 39/2003 GOB.; a saber, personería jurídica y/o gremial y/o ley de creación, estatuto social y nómina actualizada de autoridades aprobadas por el organismo administrativo correspondiente;

 

Que atento a ello, resulta necesario convocar a los representantes y/o delegados de las instituciones registradas, a una reunión informativa sobre la forma de elección del representante de los mismos ante el Consejo de la Magistratura;

 

Por ello:

 

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA PROVINCIA de ENTRE RÍOS

 

RESUELVE:

 

 

Artículo 1: Inscribir en el Registro de Asociaciones participantes del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, de acuerdo a los establecido por el artículo 2 inc. f) in fine del Decreto Nº 39/2003 GOB., a las organizaciones sociales, gremiales y profesionales que a continuación se detallan:

 

1)      Asociación Trabajadores del Estado (ATE);

2)      Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER);

3)      Consejo de Empresarios de Entre Ríos (CEER);

4)      Acción Ciudadana;

5)      Asociación Conciencia;

6)      Sindicato de Empleados de Comercio;

7)      Colegio de Fonoaudiólogos;

8)      Colegio de Arquitectos;

9)      Colegio de Obstetras;

10)   Colegio de Asistentes Sociales;

11)   Asociación de Entidades de Profesionales Universitarios de Entre Ríos (AEPUER);

12)   Asociación Paranaense para la integración de la mujer;

13)   Central de Trabajadores Argentinos (CTA);

14)   Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (ApyME);

15)   Colegio de Martilleros;

16)   Federación Médica de Entre Ríos (FEMER);

17)   Centro de Jubilados y Pensionados de Paraná;

18)   Asociación Israelita de Paraná;

19)   Colegio de Ingenieros Civiles;

20)   Colegio de Médicos Veterinarios;

21)   Colegio de Escribanos de Entre Ríos;

22)   Asociación Ayudando a Crecer;

23)   Centro de Agrimensores de Entre Ríos;

24)   Biblioteca Popular de Paraná;

25)   Fundación Nuncio Militello;

26)   Sindicato de Prensa;

27)   Asociación Entrerriana de Terapistas Ocupacionales;

28)   Asociación Solidaria Ayudar;

29)   Asociación Continuadora Ex soldados Clase 32;

30)   Acción Católica Argentina;

31)   Sociedad Italiana de Socorros Mutuos, Cultural y Recreativa;

32)   Familia Piamontesa de Paraná;

33)   Federación Agraria Argentina;

34)   Asociación Verdiana;

35)   Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos;

36)   Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (CODEGU);

37)   Federación de Jubilados y Pensionados de Entre Ríos.

 

Artículo 2: Convocar para el día 5 de febrero de 2004 a las 12 hs. en el Salón de los Gobernadores, sito en Casa de Gobierno 1er. piso, a 1 (un) representante y/o delegado de las organizaciones anteriormente mencionadas, a una reunión de organización y conformación de la asamblea que posteriormente elegirá su representante ante este Consejo.

 

Artículo 3: Los delegados de las organizaciones, asociaciones y colegios profesionales convocados por la presente, deberán concurrir con la respectiva nota de acreditación otorgada por las autoridades de las mismas.

 

Artículo 4: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos.

 

Artículo 5: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

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           Dr. José Carlos Halle                                                                             Dr. Alejandro Cánepa

                  Presidente                                                                                     Secretario General

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